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La nueva precariedad: cada mes se dan de baja 280.000 trabajadores fijos discontinuos

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Desde que entró en vigor la reforma a finales de marzo de 2022, se han producido más de 2,8 millones de bajas acumuladas (despidos) de fijos discontinuos a fin de mes. Es decir, una media de casi 284.000 personas mensuales (casi 14.000 diarios en cada jornada laboral), cuando antes de la reforma se situaba en el entorno de las 60.000 (unas 2.900 diarias). El contrato fijos discontinuo sigue propiciando el trasvase de la mano de obra que antes se consideraba eventual.

comentarios (9)
  1. Tiburcio
    Todo es jugar al despiste, parece que lo mas seguro a la hora de evaluar la situacion de un pais sería el numero total de horas trabajadas, y es una cifra comparable con otros años y que permite saber si vamos para adelante o para atras, si la economía mejora o empeora
    2    k 49
  2. RussellLittle
    Lo que esto evidencia es que, hasta este cambio, el fraude de ley en la contratación temporal era de uso universal. Se colaba como temporal lo que no tenía causa de temporalidad, sino que era estacional.
    2    k 47
  3. Igorymi
    #3 Igorymi
     *
    #2 y cuál es la diferencia entre temporal y estacional? A todas luces, parece lo mismo. Temporal "de temporada" (invierno o verano)y Estacional, "de estación" (invierno o verano) Y desde luego, no se puede llamar fijo.
    1    k 34
  4. Roboto7826
    Por lo poco que he leído, el contrato fijo discontinuo es una forma de enmascarar el desempleo. A veces trabajo, a veces no trabajo, pero como tengo contrato, no cuento como parado.
    1    k 27
  5. Roboto7826
    #7 No me queda claro. Qué protección puede tener un trabajador que sólo trabaja tres meses al año?
    1    k 27
  6. Juan_Nervion
    Cuando yo estudié, había una frase que en futbol se refería a un bombeo raso. Lo del trabajador discontinuo es lo mismo.
    0    k 7
  7. RussellLittle
    #3 No es una cuestión lingüística, sino legal. La normativa y su comprensión está al alcance de quien quiera informarse: www.sepe.es/HomeSepe/que-es-el-sepe/comunicacion-institucional/publica

    Primero de todo, cualquier relación laboral es, por defecto, indefinida, salvo que se demuestre que no lo es. Sobre los fijos discontinuos, resumiendo mucho, se trata de atender las necesidades de la producción:

    1. Fijo discontinuo (Contrato indefinido): atiende a una necesidad de producción recurrente que tiene como particularidad la estacionalidad, es decir, que la producción es estructural, pero experimenta aumentos o disminuciones siguiendo patrones temporales previsibles. El empresario puede despedir libremente pagando una indemnización de 33 días por año trabajado (hasta 2012 eran 45). Si no se firma contrato físico, la relación laboral se presume indefinida y a tiempo completo.

    2. Contrato temporal: requiere una causa de temporalidad (de las que pone las norma, no las que se invente el empresario) y atiende a una necesidad de producción puntual (no estructural), imprevista a imprevisible, que cesará y no se repetirá. Por tanto, se requiere un trabajador para cubrir esa necesidad una vez por tiempo limitado.

    3. Un contrato temporal puede convertirse en fijo discontinuo (que es indefinido) cuando se detecta que la necesidad de producción que no era estructural se va a repetir.

    Confío en haber ayudado un poco.
    0    k 7
  8. RussellLittle
    #5 Sólo puedes haber leído eso de quien quiere engañar. El contrato fijo discontinuo fue una respuesta legal a necesidades reales de empresarios honrados que no pueden mantener plantilla todo el año cuando su actividad es estacional, al tiempo que se protege a los trabajadores que contrata. Esencialmente, evitaba despidos, entonces muy costosos, y ayudaba a sostener negocios. Existe desde 1976.

    La idea es mantener un equilibrio entre las necesidades y obligaciones de los empresarios cuya actividad no es regular todos los días del año, al tiempo que se proporciona protección a los trabajadores. Claro que eres más precario cuanto más barato sale al empresario despedirte. Cito este artículo porque creo que todo español asalariado o aspirante a ello debería conocerlo: laboro-spain.blogspot.com/2016/06/historia-indemnizaciones-despido.htm
    0    k 7
  9. RussellLittle
    #8 La protección de los derechos del trabajador es la indemnización por despido improcedente: 33 días por año trabajado desde 2012. En un entorno de mercado libre, quien quiera más puede:
    a) buscarse un empleo mejor;
    b) preocuparse por envitar que lleguen al poder legislativo quienes avisan que quieren despido libre y gratuito.
    0    k 7
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