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IterCriminis
c) Incluir regularmente en sus órganos directivos o en sus listas electorales personas condenadas por delitos de terrorismo que no hayan rechazado públicamente los fines y los medios terroristas, o mantener un amplio número de sus afiliados doble afiliación a organizaciones o entidades vinculadas a un grupo terrorista o violento, salvo que hayan adoptado medidas disciplinarias contra éstos conducentes a su expulsión

El caso es que lo tienen fácil: con decir que rechazan públicamente los fines y los medios terroristas, aunque sea con la boca pequeña, ya lo tienen hecho. En HB y sus clones no podían, porque el propio partido no lo hacía. Aquí sí que pueden, porque, de hecho, es la línea del partido (aunque sea con la boca pequeña, con eufemismos y minimizando las salvajadas que cometieron).

Así que no hay mucho que rascar.
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