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El TSJN rechaza que las cañadas de Bardenas Reales sean patrimonio de Navarra

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En su sentencia, que puede ser recurrida en casación ante el propio órgano judicial, el TSJN señala que estos pasos internos de ganado “han sido definidos históricamente, declarados y deslindados por la Comunidad de Bardenas Reales, de manera que no cabe sostener que estén incluidos en la definición de vías pecuarias de la Ley Foral”, sin perjuicio de que deban conectar con las vías pecuarias exteriores a la Comunidad (...) La Comunidad de Bardenas alegó que su territorio no forma parte del “patrimonio” de la Comunidad foral

comentarios (1)
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Deckardio
Historicamente es un tema interesante:

"Por Real Cédula de 14 de abril de 1705, emitida por el rey Felipe V, se concedió el derecho de explotación de esas tierras a perpetuidad sin posibilidad de concederse a otras personas a las 22 entidades congozantes, derecho que hoy se mantiene, y dando origen a la institucionalización de la Comunidad de Bardenas" (Wikipedia)
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