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Juan_Nervion
#1 Sería mejor que recomendases a los okupas trabajar y pagarse una vivienda.
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pepito_palotes
#2 El problema es que las leyes delincuenciales les favorecen. Si tuviéramos un gobierno democráctico y, no a favor del criminal, no habría que recomendarles nada porque la opciones que tendrían sería trabajar o vivir en la calle. No hay más.
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Juan_Nervion
#3 Lo propio en un país con inseguridad jurídica.
1    k 28
Vorkosigan
#3 que es "votar mejor"? Los artículos del código penal que regulan el allanamiento y la usurpación llevan vigentes unas décadas. Por cierto, las leyes no las promulga "el gobierno", sino las Cortes.

La supina ignorancia de los de derechas (perdón, que tú no eres votante de derechas, jajaja) es algo que me sorprende. Soltais unas paridas que me dejan estupefacto.
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pepito_palotes
#13 Por eso hay okupas, existe Desokupa, salen todos los días noticias en televisión de lo mismo, testimonios, etc. El problema no es la vivienda habitual, sino la segunda vivienda.

La supina ignorancia de los de izquierdas (perdón, que tú no eres votante de derechas, jajaja) es algo que me sorprende. Soltais unas paridas que me dejan estupefacto.
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Vorkosigan
#16 la segunda vivienda tiene exactamente la misma protección (poca o mucha, pero exactamente la misma).

Sigues demostrando ignorancia total
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pepito_palotes
#17 En una búsqueda simple por Internet:

Las diferencias legales entre la ocupación de una vivienda vacía o segunda residencia y una vivienda habitual son notables, tratándose incluso de distinto tipo de delitos, con diferentes consecuencias civiles y penales

www.prevent.es/blog-mis-vecinos/ocupar-vivienda-habitual

Es lo que tiene ser de izquierdas, que no das para más.
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Vorkosigan
#18 "una búsqueda simple por internet".

Veamos la nota de la FISCALIA GENERAL DEL ESTADO, algo más fiable que "una búsqueda simple por internet"

www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2020-11243

"Esta lesión antijurídica se aprecia igualmente en el caso de las segundas residencias -incluso durante el período en que las mismas no se encuentren habitadas, siempre y cuando conserven aquella condición-, tal y como refiere la STS n.º 852/2014, de 11 de diciembre -vid. asimismo STS n.º 731/2013, de 7 octubre, y ATS n.º 959/2009, de 16 de abril-: «En atención a los hechos probados, puede afirmarse, pues, que se trataba de una vivienda, y de la fundamentación jurídica no resulta que careciese de las características propias de la misma, constando que el denunciante acudía allí a pasar algunos ratos. En esas circunstancias no es relevante que el lugar constituyera su primera o segunda vivienda, sino si, cuando se encontraba en el lugar, aunque fuera ocasionalmente, utilizaba la vivienda con arreglo a su naturaleza, es decir, como un espacio en el que desarrollaba aspectos de su privacidad"

Es lo que tiene ser bobo, da igual de derechas o de izquierdas.
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Igorymi
#2 y en caso de que no les apetezca que ocupen la de su señora madre
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