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El Supremo avala la reprobación del Ayuntamiento de Cádiz a los populares Teófila Martínez e Ignacio Romaní

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La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que declara que el Pleno de un Ayuntamiento, en el ejercicio de su función de control y fiscalización, tiene competencia para aprobar declaraciones de reprobación de alguno de sus concejales, siempre que se refieran a cuestiones que afecten al círculo de intereses municipales, concurran razones de interés general debidamente justificadas, y siempre que lo haga de modo ponderado y guardando la debida proporcionalidad.

comentarios (1)
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macarty
Nachete Romaní, el banana. Lo recuerdo, pavoneandose por el rectorado de la UCA, eterno estudiante de empresariales.

Consiguió que le regalasen la carrera de derecho y que le pagasen el master.

Menudo individuo. Y de la teo... Hasta el nombre lo tiene feo.
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