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Vorkosigan
#1 #2 Sobre todo #2.

El delito relacionado con el alcohol, basicamente, tiene dos acepciones:

1. Conducir con una tasa superior a 0,60 mg/l. Si das eso en etilómetro da igual si vas perfecto, hablas correctamente y eres capaz de recitar a Shakespeare sin trabarte. Es delito. Si el policia no tiene etilómetro y sospecha que puede dar más de 0,60, no puede obligar a nadie a acompañarle a comisaria para comprobarlo.

2. Conducir bajo la influencia de bebidas alcohólicas. Este es el delito típico, significa que si ves a un conductor con determinados síntomas psicofísicos (equilibrio, habla, olor, comprensión, etc....) que, a tu juicio, le imposibilitan para conducir porque afectan a su conducción, no es necesaria prueba de alcohol ninguna, basta la percepción de los agentes de la autoridad para imputar y, en su caso detener.

Aunque hay matices, es basicamente asi
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