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IterCriminis
#7 No sé qué insinúas, yo ese delito todavía no lo he cometido. {0x1f612}

Los "delitos de odio" son un ámbito delictivo: ahí pueden entrar muchos delitos distintos, si se producen "por motivos racistas, antisemitas..."; es un agravante. No es lo mismo "te pego porque me caes mal" que "te pego por ser negro", lo segundo se considera más grave.

Y luego hay un artículo, el 510, que lo que castiga es "promover, incitar... al odio, la violencia, la discriminación... contra un grupo o una persona... por motivos racistas, antisemitas, blablabla".

Si un señor pinta en una pared "tonto el que lo lea" es una infracción administrativa de la 4 / 2015 (la que llaman "mordaza"); un multón, sin juicio, sin irse detenido, sin antecedentes penales.

Si pinta "Manolo paga la coca te voy a matar" sería un delito de amenazas.

Si pinta "卐 Negros de mierda volved a la selva 卐" sería un delito de odio.

La conducta externa es la misma (manchar una pared con pintura), pero lo que se castiga es el mensaje y la motivación. De hecho, en el segundo y el tercer ejemplo seguiría siendo punible aunque la pared fuera suya.

Y me parece bien. Si yo fuera Manolo o fuera negro, esas pintadas en mi barrio me generarían inquietud. Otra cosa es que se nos vaya la mano y queramos meter a los tuiteros bocazas en la cárcel. Pero la gente también tiene que entender que Internet no es un bar.
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#10 eso lo deja mucho más claro, gracias
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