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IterCriminis
#4 Pues es curioso: sólo se puede exigir responsabilidad a un menor de más de 14 años; a los menores de 14 se les tendrían que aplicar medidas de protección (es como si estuviera desamparado).

Pero no conozco ninguna norma que dicte si a un menor de 14 se le puede detener o no. Yo entiendo que sí, al igual que a cualquier otro inimputable (en la LECRIM no hay ninguna excepción al respecto), aunque luego no se le vaya a penar, y que las actuaciones se reducirían a avisar al Fiscal de Menores y a los padres o tutores. Pero debe ser una situación delicada.
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Fartón_Valenciano
#6 A los menores de menos de 14 años se les aplica el código civil, en los casos mas graves se les puede declarar en desamparo y son servicios sociales quienes deciden, pero para eso la familia del menor se le debe considerar como desestructurada, eso rara vez ocurre, si al menor no se le declara en desamparo todo depende de la voluntad de los padres o tutores...

Al no tener edad penal no se les puede abrir ficha policial, te dejo esto:

www.abogados-en-alicante.es/han-detenido-a-mi-hijo/#:~:text=La policí.

"¿QUÉ OCURRE SI MI HIJO ES MENOR DE 14 AÑOS?"

"Los menores de catorce años, cualquiera que sea la infracción penal que hayan cometido, están exentos de responsabilidad penal. En estos casos, la actuación policial se limita a minimizar los efectos de su acción y a su protección.

Se informa al Fiscal de menores de los hechos y se le remiten las actuaciones, y se entrega al menor a sus padres o quienes ejerzan la patria potestad, tutela o guarda del menor o, en su defecto, a la Entidad Pública de Protección de menores
"
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IterCriminis
#7 Ya ya... pero hablo de detener, no de responsabilidad penal (eso viene luego).

Entre otras cosas porque en el momento de la detención por un hecho flagrante, puede que ni se conozca la edad del angelito. Y la figura de la "desdetención" no existe... aquí no hay CTRL+Z.
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Fartón_Valenciano
#8 En el trozo que te pongo ya dice claro que no se les detiene, en el enlace también pone esto:

"Puede ocurrir que en lugar de una citación, recibas una llamada para comunicarte que tu hijo o hija está detenido. La policía puede detener a un menor de entre catorce y dieciocho años presuntamente responsable de un delito, en los mismos casos en los que detendría a un mayor de edad penal"

Yo tengo unos amigos que a su hijo le dieron una paliza unos chicos de 12 a 13 años (compañeros de clase) y me contaron como esta la cosa, responsabilidad civil se les puede pedir penal no...
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IterCriminis
#9 Y ni en la LECRIM ni en la Ley del Menor dice, en ningún sitio, que no se pueda detener.

Ahí puede decir claro lo que quieran, pero lo que se aplican son las leyes...
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Fartón_Valenciano
#10 Hombre, se supone que el que escribe el articulo tiene conocimientos jurídicos, al no tener edad penal lo único que se puede hacer es retenerlos hasta que se hagan cargo sus tutores, pero desde luego no pueden detenerlos (toma de huellas y demás), es como se lo dijeron a mis amigos...

La ley penal del menor solo se aplica a menores de 14 a 17 años...
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IterCriminis
#11 Pues pregúntale al que ha escrito el artículo si en alguna ley se prohíbe detener a menores de 14, y si se menciona algún límite de edad en el artículo que obliga a detener en determinados supuestos.

Lo segundo ya te digo yo que no, y lo primero no lo he encontrado (y es lo que me llama la atención: que parece que nadie haya pensado en ello).

De todas formas, en el artículo que has pegado no dice que no se pueda detener: dice que no son responsables penalmente. Que no es lo mismo. La detención es una cosa (que normalmente hace la policía), y la responsabilidad penal es otra que se dirime después (y que determina el juez, no la policía).
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