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IterCriminis
El problema es que nadie ha velado adecuadamente por los intereses de la víctima.

Aquí explican bastante bien lo que ha ido ocurriendo:
www.elconfidencial.com/television/programas-tv/2023-04-18/carlota-prad

Al autor le han condenado por abuso sexual sin penetración, cuando parece ser que sí la hubo. Es una diferencia grande: se enfrentaba a una pena de entre 1 y 3 años de prisión o incluso una multa, frente a la pena entre 4 y 10 años de prisión a la que se hubiera enfrentado de haberle condenado por un abuso sexual con penetración.

El primer abogado de la víctima era del turno de oficio, y parece que no fue lo bastante diligente; el segundo terminó renunciando a representarla. Así que al final ella acude como testigo: no ejerce como acusación. La única petición de condena es la de la Fiscalía. La Fiscalía pidió dos años y medio (casi el máximo de lo que podían pedir, que eran tres); y el juez lo ha bajado desde esos 24 meses a los 15 que le han caído.

Lo que no puede ser es que el proceso penal por un delito que puede ser tan traumático dependa tanto de que la víctima se encuentre bien mentalmente para defender sus derechos y comparecer: en muchos casos la víctima va a estar hecha una mierda, y eso no puede suponer que el autor se libre de las consecuencias de sus actos.

El trato a las víctimas es una de las asignaturas pendientes de nuestro sistema. Y lo que le han hecho a esta chica es una puta vergüenza.
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