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  1. omoloc
    omoloc
    defensa del usuario
    I.- La defensa del usuario tiene como función primordial proteger a los usuarios, velar por la calidad de la atención que reciben y tutelar a dichas personas en el ejercicio efectivo de sus derechos derivados de las normas de Mediatize. Podrá dirigirse a la Defensa del usuario cualquier persona registrada en mediatize que estime vulnerado alguno de sus derechos o que considere que la actuación de la administración u otra persona registrada es contraria a sus intereses como usuario.
    Son características de la defensa del usuario:
    a) Ser una persona registrada elegida directamente por la comunidad de Mediatize.
    b) Tener un carácter neutral, razón por la cual no puede formar parte de la administración.
    c) Velar por la transparencia dentro del portal web, trabajando para que los usuarios puedan estar al corriente de lo que sucede.
    d) Disponer de un canal de comunicación oficial y acceso al listado de usuarios.
    e) Recoger todas aquellas preguntas, propuesta, quejas, alegaciones y sugerencias que les hagan llegar los usuarios, encargándose de hacerlas llegar a quien crea oportuno y preocupándose de que éstas reciban correspondiente respuesta en plazos razonables.
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  1. omoloc
    omoloc
    @omoloc
    f) Ser convocado y tener derecho a asistir (sin voto) a cualquier reunión de la administración de mediatize. En estas reuniones podrá incluir puntos del orden del día a petición expresa e intervenir en dichos puntos. Independientemente de su asistencia o no, recibirá las actas de todas las reuniones a las que haya sido convocado.
    g) Resolver en revisión el procedimiento sancionador.
    II.- También tratará este órgano de las impugnaciones realizadas por cualquier usuario de las decisiones de la administración que se estimen contrarios a la ley o a las reglas de Mediatize.
    La persona registrada tendrá un plazo de 15 días para reclamar esas decisiones desde la adopción de estas, que deberá presentar por correo electrónico a este órgano. El escrito presentado por esta vía deberá estar motivado, exponiendo la vulneración que estima se haya producido.
    En caso de admitirse a trámite la impugnación realizada, lo que deberá decidir este órgano en un plazo de cinco días, trasladará dicha cuestión a la administración, y si fuera urgente podría proponer la celebración de reunión urgente de la administración.
    Contra este acuerdo no cabrá nueva impugnación.
    2    k 39
  2. function
    function
    @omoloc ¿Por qué no lo pegas en un artículo y así se puede ir editando? Lo que pasa es que entonces no se puede publicar... O se puede, y luego se vuelve a pasar a borrador, etc.

    @fermin ¿No es posible tener un artículo como borrador pero que sea accesible/visible para los usuarios (aunque sólo su autor lo pueda editar, eso me parece deseable)? ¿Se podría hacer asignando un tema para ello? Sé que es una función no prevista para este agregador de noticias, pero quizás se puede hacer "fácilmente" si se considera interesante.

    No entiendo este punto: "b) Tener un carácter neutral, razón por la cual no puede formar parte de la administración"

    La parte de "carácter neutral" creo que queda más claro si se dice de otro modo, algo como que "su motivación ha de ser neutral, esto es, no ha de tomar partido por ninguna de las partes (administración o usuario) antes de valorar los hechos".
    1    k 20
    1. fermin
      fermin
      @function @omoloc Respuesta corta: no. Para eso mejor usar un google docs o algo así. Se pone read only y solo el que lo creó puede modificarlo. Pero que acepte notas o comentarios para que la gente puede hacer enmiendas.
      2    k 39
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