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La Diputación de Badajoz certifica que el hermano de Sánchez no teletrabaja en Portugal

THE OBJECTIVE desvela el documento que demuestra que David Sánchez no ha solicitado poder trabajar desde Elvas

La Diputación de Badajoz certifica que el hermano de Sánchez no teletrabaja en Portugal

David Sánchez Pérez-Castejón y Pedro Sánchez Pérez-Castejón. | Europa Press

El hermano de Pedro Sánchez no teletrabaja para la Diputación de Badajoz. Ni la institución pacense le ha concedido esta prerrogativa ni tampoco él, David Sánchez Pérez-Castejón, lo ha solicitado hasta la fecha.

Así lo acredita hoy en exclusiva THE OBJECTIVE mediante un documento firmado por Alejandro José Cardenal Guijarro, jefe de Servicio de Apoyo Jurídico e Inspección del Área de Recursos Humanos y Régimen Interior de la Excelentísima Diputación Provincial de Badajoz, y fechado el pasado 9 de abril.

Un argumento que viene a rebatir, como en su momento se defendió, que su traslado de residencia de la capital pacense a la localidad portuguesa de Elvas -donde se ha comprado una residencia ubicada en un antiguo palacete, como demuestra la declaración de interés de 2022, que no incluye declaración de la Renta- se deba al carácter nómada de su empleo.

El documento cobra especial relevancia, dadas las críticas que se ciernen sobre este empleado del Área de Cultura de la Diputación de Badajoz, y que hablan de la escasa presencia física de esta persona en las dependencias de la institución donde tiene un despacho propio.

Ventajas del cambio fiscal

Aunque el vicepresidente de la Diputación, Ramón Díaz Farias, fue el encargado de explicar verbalmente, a mediados del mes pasado, que el hermano de Pedro Sánchez no teletrabaja y, de hecho, no lo había hecho nunca, el documento oficial al que ha tenido acceso este diario constata una situación que despierta aún más dudas en cuanto al régimen fiscal del que disfruta por no declarar en España por IRPF ni por Patrimonio, por el hecho de vivir en el país vecino, aunque su empleo no tiene las características de un trabajo híbrido o en remoto.

El cambio de domicilio fiscal del hermano de Sánchez más allá de nuestras fronteras, en el año en el que queda borrada su huella fiscal, ha reportado beneficios considerables a éste, que pasan por pagar solo el 20% del IRPF y no tener que contribuir con nada a la hacienda pública en cuanto al impuesto de Patrimonio, porque este tributo no existe en Portugal -mientras que aquí se está considerando establecer permanente el impuesto de Solidaridad a las Grandes Fortunas-. Sin embargo, en su declaración de bienes atesora varias propiedades inmobiliarias y acciones de una misma entidad bancaria por un valor superior a un millón de euros.

En su día, el número dos de la Diputación de Badajoz, preguntado por la residencia fiscal del hermano de Sánchez, ante la posibilidad del cambio de España por Portugal, admitió sin equívoco que «la situación tributaria de cada empleado público es personal».

No obstante, señaló que «la Diputación Provincial de Badajoz retiene a todos los trabajadores los emolumentos que corresponden por sus conceptos retributivos; por decirlo de alguna forma, no hay ningún favoritismo porque se llame de una forma o se llame de otra».

¿Puede residir en Portugal sin teletrabajar?

Lo cierto es que la opción de teletrabajar no es una condición sine qua non para conseguir la residencia fiscal del Régimen de Residentes no Habituales en Portugal, régimen del que nuevos residentes no podrá disfrutar, a la espera de una nueva decisión del parlamento luso. Cuestión aparte, señala el portavoz del Grupo Popular de la Diputación de Badajoz, Juan Antonio Barrios, «es que los 55.000 euros que este señor se lleva al año proceden de fondos públicos que vienen de los impuestos que pagan los pacenses».

El artículo 16 de Residencia -explica a THE OBJECTIVE la fiscalista lusa Suzana Fernandes da Costa, abogada del despacho Brochado Coelho y Asociados- así lo demuestra, señalando que los principales requisitos son: residir 183 días de manera consecutivas o alternos -y ni siquiera jornadas completas-; tener una vivienda a 31 de diciembre del año fiscal, con intención de mantenerla y no haber sido residente fiscal en Portugal los cinco años anteriores.

Lo que importa -recalca César García Novoa, catedrático de Derecho Fiscal y Financiero de la Universidad de Santiago de Compostela- «es que cumplas con esas condiciones que recoge la ley y de las que puedes disfrutar durante al menos 10 años». Sin embargo, aunque «es cierto es que este Régimen de Residentes no Habituales está pensado para teletrabajar, esta condición no es para nada obligatoria».

Fue el 22 del mes pasado cuando un representante del Gobierno de España, el delegado del Gobierno de Extremadura, afirmó que es legal y ético que el hermano de Sánchez resida fiscalmente en Portugal, como país de la UE que es.

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