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Tribunales

La DGT permite vender como 'coche sin carné' vehículos cuyo uso puede llevarte a prisión

Un niño de 15 años se enfrenta a un proceso penal por llevar un cuadriciclo de 49 cc que, pese a la publicidad proliferante, no se puede conducir sin licencia AM

La DGT permite vender como ‘coche sin carné’ vehículos cuyo uso puede llevarte a prisión

Vehículo 'sin carné'. | Agencias

Un vacío legal en el Código Penal y el código de circulación de la Dirección General de Tráfico (DGT) hace que cualquier ciudadano pueda ser acusado de un delito grave contra la seguridad vial -penado con entre tres y seis meses de cárcel- por conducir sin licencia uno de los vehículos que, cada vez con más frecuencia, se anuncian y venden como ‘coches sin carnet’. Se trata de cuadriciclos con motor de 49 cc que, pese a la publicidad de múltiples concesionarios de ocasión que proliferan por Internet, para poder ser conducidos por las calles de España requieren de disponer al menos de una licencia de ciclomotor avalada por la DGT. De lo contrario, en caso de no disponer del llamado permiso de conducir AM o el B1, homologados por Tráfico, un usuario de estos supuestos ‘coches sin carnet’ puede enfrentarse a un delito tipificado en el artículo 384 del Código Penal.

Esto último es lo que le ha ocurrido recientemente al joven J., está siendo sometido por la fiscalía de menores al proceso penal que exige este tipo de delitos (expediente de Reforma), habiendo sido remitido el pasado mes de abril a los servicios sociales de Pozuelo de Alarcón (Madrid) por un presunto delito contra la seguridad vial. El motivo, precisamente y según consta en el atestado policial al que ha tenido acceso THE OBJECTIVE, fue que la Guardia Civil le paró a pocos metros de su vivienda conduciendo uno de estos’ coches sin carnet’ sin la licencia AM que exige el código de circulación. Pese a estar a pocos días de cumplir los 15 años de edad exigidos para poder sacarse el permiso de ciclomotor AM, que permite conducir estos cuadriciclos cuya venta tolera la DGT como ‘coches sin carnet’, la Guardia Civil y la Fiscalía podrían solicitar para él la pena máxima que contempla el código penal para un menor en un caso como este o, por el contrario, pueden pedir el sobreseimiento del expediente.

Sus padres, que le había regalado el coche sin carné meses antes como recompensa a su buen expediente académico, alegan a través de su abogada que su hijo es víctima de una doble injusticia. Por un lado, asegura que en la denuncia de la Guardia Civil y el Ministerio Público no existe una adecuada ponderación del presunto delito atribuido a su hijo. Según consta en el atestado policial, fue detenido en un control rutinario a pocos metros de la urbanización en la que vive y se procedió a su sanción, en el tipo máximo para estos casos, pese a que no consta que hubiese cometido alguna «infracción de ninguna norma referida en el código de circulación».

La DGT y los ‘coches sin carnet’

«Del atestado policial que esta representación ha tenido acceso se le imputa a mi representado la presunta comisión de un delito contra la seguridad vial al conducir bajo criterio de los agentes de la autoridad un vehículo a motor sin la perceptiva licencia», señalaba los padres y la abogada del menor en un escrito de alegaciones previo a la continuación del expediente de Reforma que lleva la fiscalía de Menores de Madrid. El segundo de los argumentos jurídicos esgrimido por la defensa del joven es que al adquirir un coche sin carnet -incluso en el caso de menores de edad- ni el concesionario, ni la DGT ni ninguna otra autoridad, exigen capacitación alguna para el uso y disfrute de estos cuadriciclos.

Las pruebas teóricas y prácticas exigidas por la DGT para obtener la licencia AM se realizan con ciclomotores de dos ruedas. Sin embargo, recuerda la defensa del joven, los coches sin carnet son de cuatro ruedas y ocupan un espacio que requiere de una capacitación y cualificación distinta a la de una motocicleta de 49 cc. A este argumento, añaden que su hijo conducía el vehículo con «la creencia de que no era necesario ningún tipo de autorización ni licencia para la conducción» ante la ingente cantidad de anuncios que proliferan en Internet sobre estos cuadriciclos que se publicitan como ‘coches sin carnet’.

«El convencimiento de nuestro representado proviene de la inmensa documental que obra en la actualidad en los servicios básicos de información, como pudiera ser Internet, sobre los denominados ‘coches sin carnet’», indica la defensa del menor acusado. En su escrito, en el que solicita el sobreseimiento del presunto delito contra la seguridad vial por ese vacío legal en el que se encuentra el caso de su hijo y apunta a una presunta publicidad engañosa tolerada por la DGT respecto de los coches sin carnet, la defensa aporta un pantallazo de la proliferación de anuncios sobre este tipo de cuadriciclos que se puede encontrar con una simple búsqueda poniendo el término «coches sin carné».

Ponderación del delito

Durante la visita a los servicios sociales , según señalan fuentes jurídicas a THE OBJECTIVE, una trabajadora social revisó el atestado y expresó su sorpresa por la elevada pena solicitada por la acusación ejercida por la Fiscalía de menores. A su juicio, el castigo solicitado era excesivo teniendo en cuenta que el menor no había cometido ninguna otra infracción del código de circulación ni había puesto en peligro la vida de nadie cuando conducía el ‘coche sin carnet’ cerca de su residencia. Añadió que no se podía abstraer el hecho de que esta instaurada una falsa creencia sobre este tipo de vehículos, por ser anunciados como ‘sin canrnet’, lo que perjudica y confunden a los menores sobre su uso, considerando que es plenamente lícito conducirlos mientras la DGT permite que se vendan bajo este eslogan publicitario. 

El Código Penal tipifica como delito contra la seguridad vial, en su artículo 384, lo siguiente: «El que condujere un vehículo de motor o ciclomotor en los casos de pérdida de vigencia del permiso o licencia por pérdida total de los puntos asignados legalmente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de doce a veinticuatro meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días. La misma pena se impondrá al que realizare la conducción tras haber sido privado cautelar o definitivamente del permiso o licencia por decisión judicial y al que condujere un vehículo de motor o ciclomotor sin haber obtenido nunca permiso o licencia de conducción». La pena, en el caso de un adulto que tuviese antecedentes previos por cualquier otro delito, podría suponer incluso la entrada en la cárcel.

En el caso del menor de Pozuelo, según señala su defensa y ratificó la trabajadora social, el atestado policial no recoge ningún hecho que manifieste temeridad ni ponga de manifiesto algún «concreto peligro» para la vida o integridad de otras personas. La propia matrícula del vehículo que conducía el joven el día que fue detenido por la Guardia Civil a las puertas de su urbanización, según ha podido comprobar este diario, demuestra que la matrícula del coche lleva un mensaje, junto al nombre del concesionario y fabricante del vehículo, donde pone: «coches sin carnet».

La abogada del menor solicita el sobreseimiento de los hechos apelando al concepto de «oportunidad reglada», contemplado por la legislación y «que permite en su caso que en función del delito cometido por menores se pueda perseguir aquel o bien se utilicen los mecanismos de desjudicialización que señala la Ley Orgánica 5/2000, artículo 18, sobre el desistimiento de la incoación del expediente por corrección en el ámbito familiar y educativo». Apoyándose en los artículos 19 y 27 de la misma normal, el padre del menor solicita que se archive el procedimiento penal contra su hijo «por conciliación o reparación entre menor y víctima» y «inconveniencia de aplicación de medida por haber sido expresado suficientemente el reproche al mismo a través de los trámites ya practicados».

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