Condenados a prisión dos hombres que vendían cocaína desde su domicilio en Viveiro

La Voz

VIVEIRO

Las penas ascienden a tres años y tres años y medio, respectivamente

25 ene 2024 . Actualizado a las 14:21 h.

Dos hombres, ambos de nacionalidad dominicana y residentes en Viveiro, fueron condenados por la Audiencia Provincial de Lugo por sendos delitos contra la salud pública, en la modalidad de aquellas que causan un grave daño a la salud. La sentencia considera probado que ambos constituían una sociedad que traficaba con drogas en el municipio viveirense, esencialmente cocaína.

Uno de ellos, nacido en 1996, fue condenado a tres años y seis meses de prisión, con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, además de a la multa de 250 euros con responsabilidad subsidiaria de diez días de privación de libertad en caso de impago, así como al abono de las costas procesales.

En cuanto al otro condenado, nacido en 1994, el fallo establece en este caso una pena de tres años, al tener en cuenta el atenuante de ser consumidor «en grado de dependencia», en el momento de los hechos, de la misma sustancia que vendía, cocaína.

La Fiscalía pedía cuatro años de prisión y la defensa solicitaba la libre absolución de sus defendidos.

Según la Audiencia Provincial, se descubrió que ambos se dedicaban al tráfico de drogas a partir de una investigación de la Policía Nacional. Desde noviembre del 2020 hasta febrero del 2021 se realizaron vigilancias al domicilio donde los dos hombres vivían, interceptándose cocaína a varias personas que pasaron por la vivienda.

Tras la autorización judicial para entrar al domicilio, se encontraron 0,362 gramos de cocaína, además de bolsas de plástico para la venta y otros 0,767 gramos de la misma sustancia en una cuarta planta, abandonada, del mismo edificio.

Tanto la sustancia hallada, como las testificales de personas que admitieron haber comprado cocaína a los acusados, así como el testimonio de los agentes que presenciaron una compraventa de droga constituyen «una prueba abrumadora», argumenta la Audiencia. La Sala estima que «ambos son autores de sendos delitos de tráfico de drogas por distribuir substancias desde el domicilio que compartían».