Un maltratador cambia de género y elude ser juzgado en A Coruña por violencia contra la mujer

Según fuentes jurídicas, se trataría del tercer caso de este tipo que pasa por los tribunales coruñeses
Un maltratador cambia de género y elude ser juzgado en A Coruña por violencia contra la mujer
Edificio de los Nuevos Juzgados, que acoge las salas de Instrucción y de Violencia contra la Mujer | Quintana

Los casos de maltrato doméstico y violencia de género, lamentablemente, están a la orden del día. Sin embargo, lo que ocurrió la semana pasada en los juzgados coruñeses, no. Una detenida (se había cambiado de sexo legal en 2023, pues antes era hombre) de unos 40 años de edad compareció en el juzgado de Violencia contra la Mujer por agredir a su pareja, de su mismo sexo. Tenía en su haber delitos de violencia de género. Fue condenada por los anteriores pero el juzgado se declaró inhábil para tratar el de maltrato


Fuentes policiales y judiciales consultadas coinciden en señalar que esa persona, procedente del País Vasco pero residente en A Coruña, tenía en su haber varios delitos por violencia de género antes de su cambiar su identidad sexual en el registro. Esto ocurrió en  junio del año pasado, gracias a las nuevas facilidades que otorga la conocida como Ley Trans. Según confirman las mismas fuentes, el único cambio registral fue el de sexo. No se cambió el nombre. Tampoco mudó su aspecto, dado que no es obligatorio. 
 

Otra aspecto que no transformó fue su conducta: siguió maltratando a su pareja. Por eso fue detenida la semana pasada por la Policía Nacional. Los hechos de que se le acusan no son muy graves: empujó a su pareja y la insultó. Un coche patrulla arrestó a la sospechosa y la sometió al procedimiento policial rutinario.

 

Las fuentes policiales destacaron que eso incluía ser cacheada por una agente femenina, puesto que la detenida también es una mujer y sería ilegal que este procedimiento obligatorio lo llevara a cabo un hombre. Después del cacheo, la detenida fue trasladada al Juzgado de Instrucción número cuatro, que era el que se encontraba en funciones de guardia en ese momento.  
 

Sentencia por conformidad 

Una vez allí, como sobre la mujer pesaban varios delitos de violencia de género que había cometido antes del cambio en el registro civil, fue trasladada al Juzgado de Violencia contra la Mujer. Rápidamente, se dictó sentencia por conformidad en un juicio. Es decir, que la condenada aceptó la culpabilidad por las agresiones a su pareja. 
 

Sin embargo, la agresión por la que la detenida había acabado en el juzgado era maltrato doméstico, no violencia de género. El juzgado de Violencia contra la Mujer se declaró inhábil, por lo que tendrá que ocuparse otra instancia. 
 

Penas menores 

Puede parecer insólito, pero no es la primera vez que ocurre en A Coruña, según confiesan las fuentes judiciales. Por lo menos se han dado tres casos desde la instauración de la Ley Trans en marzo de 2023. Las penas por violencia de género son mayores que las de violencia doméstica. Por ejemplo, las lesiones leves se castigan con penas de seis meses a un año en el primer caso, y de tres meses a un año en el segundo.
 

Si el delito se ha cometido una vez consumado el cambio de sexo, entonces no se puede aplicar la Ley de Violencia de Género. “Sabemos que es una burla pero no podemos hacer nada. No es posible dictaminar un fraude de ley. No se le puede exigir ninguna prueba”, señalan las fuentes de la judicatura. La Ley Trans se basa en el principio de autodeterminación: una persona es del género que dice sentirse.

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