El Constitucional afirmó en la sentencia del Estatut que sería «claramente inconstitucional» atribuir competencias de migración a Cataluña

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ESPAÑA

Un furgón de los Mossos d´Esquadra llega a la Ciudad de la Justicia de Barcelona. Según el PP, el traspaso en inmigración a Cataluña supondría «convertir a los Mossos en una policía nacional, porque van a participar en el control de fronteras»
Un furgón de los Mossos d´Esquadra llega a la Ciudad de la Justicia de Barcelona. Según el PP, el traspaso en inmigración a Cataluña supondría «convertir a los Mossos en una policía nacional, porque van a participar en el control de fronteras» Marta Pérez | EFE

El artículo 149.1 de la Carta Magna establece que es una «competencia exclusiva» del Estado

11 ene 2024 . Actualizado a las 15:05 h.

«Es evidente que la inmigración es una materia que ha sido reservada con carácter exclusivo al Estado», señaló el Tribunal Constitucional en la sentencia 31/2010 sobre el Estatut de Autonomía de Cataluña. El texto se refiere a uno de los artículos de la norma autonómica, el 138.1, recurrido por atribuir a la Generalitat competencias en materia de migración. En este caso, el Constitucional consideró que las materias reguladas en el Estatut no abarcaban materias de extranjería, sino de asistencia social. Pero señala que «si pretendiese atribuir a la comunidad autónoma competencias en dicha materia», el artículo sería «claramente inconstitucional». 

Según ha publicado el diario 20 minutos, la jurisprudencia del órgano de garantías podría ser clave para determinar el encaje de la ley orgánica que este miércoles acordaron elaborar el Gobierno y Junts para ceder competencias de extranjería a la Generalitat a cambio de la abstención de los independentistas para convalidar en el Congreso varios decretos. 

 A la hora de analizar la legalidad de esta cesión de competencias hay que tener en cuenta dos artículos de la Constitución española: el 149.1 y el 150.2. Este segundo artículo es el que ha utilizado el Gobierno para justificar el encaje de esta medida. Este jueves, el ministro de Presidencia y Justicia, Félix Bolaños, ha asegurado que el pacto con Junts comprende exclusivamente la elaboración de una ley orgánica «al amparo de la Constitución» para ceder las competencias de migración. Los detalles se trabajarán en el Parlamento, según ha aclarado.

 Según el Ejecutivo, esta es una maniobra amparada por el artículo 150.2, que dice: «El Estado podrá transferir o delegar en las Comunidades Autónomas, mediante ley orgánica, facultades correspondientes a materia de titularidad estatal que por su propia naturaleza sean susceptibles de transferencia o delegación». 

El artículo 149.1, por otro lado, recoge una serie de materias que son «competencia exclusiva» del Estado, entre ellas «Nacionalidad, inmigración, emigración, extranjería y derecho de asilo». A este respecto, la mencionada sentencia del Tribunal Constitucional indica que «no puede haber sombra de duda en cuanto al respeto debido y observado para con la competencia exclusiva consignada» en el artículo 149.1 de la Carta Magna.