El juez archiva el caso de la supuesta croqueta envenenada en Zaragoza y cuestiona la investigación policial

No halla ninguna prueba de que la denunciada intoxicara a su exmarido para quitarle dinero y critica la forma en que se interpretó una grabación para culparla.

Combo de fotografías que un policía grabó con un móvil de las pantallas de las cámaras del bar.
Las imágenes. El juez ha descartado por su pésima calidad las imágenes que un policía grabó con su móvil de las pantallas de las cámaras del bar. En total, captó 1,44 minutos de una hora. La grabación revelaba, supuestamente, cómo la mujer manipulaba la croqueta. En la cuarta imagen se la ve acompañando a su ex a su casa, a las 1.15 de ese día.Heraldo
Heraldo

El juez de Zaragoza encargado de investigar la supuesta intoxicación medicamentosa presuntamente provocada por Marta Laiglesia a su exmarido con una croqueta rellena de benzodiacepinas para sustraerle dinero de sus cuentas ha archivado el caso al no encontrar indicios de que tal hecho ocurriera. En un contundente y extenso auto –que es firme– el magistrado Rafael Lasala desgrana punto por punto los argumentos que le llevan a dudar de la misma existencia del hecho punible y cuestiona la investigación policial.

El titular del Juzgado de Instrucción número 7 descarta como pruebas las grabaciones de las cámaras de seguridad aportadas por la Policía por la ausencia del soporte original, la forma en que obtuvieron las imágenes y por las conclusiones que sacan de ellas a pesar de su "pésima calidad".

También pone en entredicho la veracidad del testimonio –o "alambicada teoría", como lo califica– del denunciante y sus contradicciones y ve un claro "interés económico" en el asunto. El magistrado razona su decisión apoyándose, además, en las pruebas periciales caligráficas y los informes forenses. En estos últimos, el médico indicó que tendría que haber habido una "gran cantidad de pastillas pulverizadas" en el interior del alimento a ingerir, en este caso una croqueta, para resultar intoxicado dado que el margen de seguridad para las benzodiacepinas es muy alto. Y no fue así.

La mujer fue detenida en noviembre de 2022 tras dos meses de investigación abierta tras la denuncia presentada por su exesposo, J. C. G. U., de quien estaba en proceso de separación, hasta entonces pacífica y de mutuo acuerdo. La pareja había quedado sobre las 22.00 en un bar de Torrero para hablar de los términos de la misma, tanto económicos como respecto a los hijos. Cada uno tomó un agua mineral. Él había cenado y como ella, no, pidió dos croquetas, y el acabó comiéndose una. Fue una conversación normal en la que hablaron de custodias y visitas de los hijos. Incluso en el mismo bar él le envió un mensaje de Whatsapp con las fechas en las que cada uno iba estar con los menores.

A las 23.00 se fueron y, entre las 23.17 y las 23.36, estando en el coche y de acuerdo con lo hablado sobre los gastos familiares soportados –tal y como manifestó la mujer ante el juez–, se hicieron cuatro transferencias bancarias con las claves y el móvil de J. C. G. U.: una desde una cuenta de su padre y el resto, desde cuentas comunes de la pareja. En total movieron 26.800 euros, 15.000 de ellos a una hija, que la joven le devolvió al día siguiente cuando el progenitor se los pidió. El resto se usó para anular créditos de tres tarjetas bancarias de la mujer. Sobre la 1.15, Marta Laiglesia acompañó a su expareja hasta el ascensor del domicilio de este, se despidieron y se marchó a su casa.

Todo fue normal, pero, según plasmó luego en su denuncia, el hombre se había empezado a sentir mal en el bar y dijo a la Policía que no recordaba nada de lo sucedido desde que salió del local hasta el día siguiente. El juez analiza sus declaraciones y aprecia contradicciones tales como que contó que se había levantado a las 9.30, cuando a las 8.30 ya había enviado un correo a su exmujer y la había llamado a las 8.27 y a las 8.49, hablando varios minutos cada vez.

Varios trámites bancarios, del parque al Actur y al Centro y 25 llamadas

El auto judicial señala: "Desarrolló una intensa actividad esa mañana a pesar de haber sido narcotizado doce horas antes y no estar para decir nada a la hora que indicaban. Los posicionamientos de su móvil reflejan que fue de su actual casa, cercana al parque Grande, hasta el Actur (10.15), para luego acudir al centro (calle de Sanclemente) y finalmente, a las doce, por constar documentado, acudir al Hospital Miguel Servet tras hacer varios trámites bancarios y veinticinco llamadas telefónicas".

El magistrado Rafael Lasala dice "no compartir la lógica del informe" emitido por la Policía respecto a las imágenes de las cámaras de seguridad. En primer lugar, plantea que para que un material probatorio sea válido deben ser aportados los soportes originales. En este caso, lo que se presentó para analizar el supuesto envenenamiento fueron tres fragmentos grabados con el móvil de un inspector de policía de San José de la pantalla del bar donde la encargada le exhibió las grabaciones originales. "Es así que, de la casi una hora en que denunciante y denunciada estuvieron en el bar grabados permanentemente desde diversos ángulos, solo se aportó un fragmento de 29 segundos, otro de 50 y un tercero de 25. Un minuto y cuarenta y cuatro segundos en total", explica.

Además de esto, el juez subraya que las imágenes son de pésima calidad "homologables a las que se veían en los receptores de televisión en las primeras emisiones de los años 50". Indica que las personas que ahí salen son los protagonistas de esta historia porque ellas mismas así lo reconocen, pero no porque se les distinga ni se pueda apreciar sus caras. "Las manos de ellos son muñones de los que no se sabe si cogen o tocan algo o simplemente se mueven acompañando lo que uno u otra dice; y los objetos y consumiciones que pudiera haber sobre la mesa son simples manchas que se supone que han de ser botellas, platos o servilletas", describe.

Considera que de ellas no se puede deducir que la investigada vertiera nada sobre alguna comida o bebida. Ni hay ninguna acción con las manos de ella que luego fuera seguida por el movimiento de él de llevarse algo a la boca. Añade que "tan deficiente" es la grabación, que el policía que interpretó las imágenes decía que se veía a Marta rellenar el vaso de su ex con bebida de otra botella, cuando el propio J. C. C. dijo siempre que solo bebió de la botella que él mismo abrió. Se supone que de ahí se derivaba el envenenamiento. Sin embargo, el juez apunta que, si tan importante es ese momento y el inspector grabó lo esencial para atribuir la acción criminal a la denunciada, "la cuestión es saber por qué no hay nada más grabado a continuación, pues debería verse a J. C. G. coger algo de la mesa y llevárselo a la boca".

"Que no se haya reflejado tan importante momento en un informe incriminatorio solo puede entenderse por la inexistencia del mismo. Es decir, se interpreta que Marta echa algo, pero luego él no come, lo que hace imposible cualquier intoxicación provocada por ella", concluye.

Dijo que la croqueta "sabía mal...no, lo siguiente"

El auto judicial del magistrado Rafael Lasala refleja que del análisis de orina que el denunciante se hizo al día siguiente no se pudieron hacer valoraciones ni de la cantidad ni del medicamento tomado ni del tiempo transcurrido. El forense tan solo pudo afirmar que había un consumo reciente de alcohol y benzodiacepinas, pues se detectó la presencia de etanol y del sedante.

El perito aseguraba en su informe que la amnesia que decía padecer J. C. G. U. solo puede suceder en casos de dosis muy altas o por vía intravenosa. Si hubiera sido así, incidió, lo habría notado rápidamente en las características organolépticas, el sabor y la textura. "Es verdad que el denunciante dijo en su declaración en sede judicial (una vez conocido el informe forense) que cuando probó la croqueta “sabía mal… no, lo siguiente" (...). Interrogado acerca de porqué se comió toda la croqueta si estaba tan mal (asquerosa, llegó a decir) respondió que porque le parece muy mal dejar comida en el plato», recoge el juez en su auto.

Los forenses explicaron que la acción depresiva que las benzodiacepinas producen en el sistema nervioso central provoca una sedación pero, mientras el sujeto está consciente y despierto, la voluntad no está anulada (al contrario que la escopolomina, conocida vulgarmente como burundanga, que causa una especie de parálisis mental y hace sumisa a la persona ante cualquier tipo de orden que reciba).

El médico que hizo el informe de parte del denunciante afirmó que, si bien resultaba extraño que una persona adulta e inteligente pudiera ser intoxicada con un acción tan simple como rebuscada y no exenta de dificultad, "bien pudo hacerse mediante una inyección». Sin embargo, el magistrado recuerda que el denunciante aseguró que al masticar la croqueta notó algo más grueso, "no que hubiera un líquido recién inyectado".

Durante la instrucción de la causa se practicó al denunciante el cuestionario de personalidad de Eysenck (EPI). El resultado fue que su rango de sinceridad era tan sólo de 10%, aunque matizaba que tan bajo índice había que valorarlo como un rasgo de personalidad. "En este caso pensamos que se relaciona con su afán de perfeccionismo y la dificultad para reconocer pequeñas faltas morales o sociales frecuentes en todo el mundo pero que cuya confesión pública puede ser molesta, lo que le induce a no ser sincero», manifestaba el forense. "Esa es una posibilidad, obviamente. La otra, que no haya sido sincero», concluye el juez.

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