Diario de Valladolid

Condenan a dos mujeres en Valladolid por una denuncia falsa de violación contra un hombre al que chantajearon con 25.000 euros

La Audiencia Provincial considera prueba suficiente dos vídeos de contenido sexual y un audio que aportó el acusado, que llegó a ser detenido después de que una de ellas lo denunciara por agresión sexual con penetración

Audiencia Provincial de Valladolid. J. M. LOSTAU

Audiencia Provincial de Valladolid. J. M. LOSTAU

Publicado por
Santiago G. del Campo
Valladolid

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Dos mujeres aliadas para obtener de un varón, mediante extorsión, 25.000 euros, que acaban condenadas a 9 meses de cárcel y a indemnizar a su víctima con 10.000 euros. Es el resumen del suceso que ha considerado probado la Sección Segunda de la Audiencia Provincial, y que le ha llevado a confirmar la sentencia del Juzgado Número 4 de Valladolid, recurrida por las chantajistas. Se trata de la Resolución 81/2023, recién recién desvelada por el Centro de Documentación Judicial. Los hechos, calificados como denuncia falsa y tentativa de extorsión, se desencadenaron el 10 de abril de 2019 , cuando una de las dos acusadas –extranjeras las dos–, denunció al varón en las dependencias de la Unidad de Familia y Mujer (UFAM) de la Brigada provincial de Policía Judicial de Valladolid, manifestando que el día 19 de marzo anterior el hombre había abusado sexualmente de ella, con penetración. Inmediatamente, el hombre fue detenido y el Juzgado de Instrucción número 4 incoó las correspondientes diligencias previas. Todo se demostraría después un montaje .

No contaban las chantajistas con que su víctima lo había grabado todo. El acusado aportó varios vídeos, en dos de los cuales se veía a la denunciante manteniendo con él relaciones sexuales de forma voluntaria, así como un audio en el que se escuchaba cómo la otra mujer lo llamaba por teléfono y le extorsionaba, asegurando, el mismo día de la denuncia, que si pagaba 25.000 euros lograría que la denuncia no llegara a ser formulada, y que podría testificar a favor de él si fuera necesario. Después se probaría que efectuaba esa llamada desde el teléfono de la primera . Le amenazaron con que tenían muestras de sangre, pelo y semen de él . A la vista de sus negativas, llegaron a regatear hasta tal punto de rebajar sus pretensiones de 25.000 a 20.000 euros

En los antecedentes de hecho de la sentencia, la Audiencia explica que en su declaración ante el juez, el varón negó los hechos denunciados y, tras aportar los documentos gráficos que desvirtuaba la imputación, el Juzgado de Instrucción 4 de Valladolid decretó, diez meses después de la denuncia,  el 20 de febrero de 2020, auto de sobreseimiento libre y deducción de testimonio respecto de la acusada por denuncia falsa.

Al demostrarse la denuncia falsa y extorsión, el Juzgado de lo Penal número 4 de Valladolid condenó a la denunciante, como autora de un delito de denuncia falsa previsto y penado en el artículo 457 del Código Penal, a la pena de multa de nueve meses a razón de diez euros en concepto de cuota diaria , con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago. Tamién condenó a la segunda chantajista, amiga de la primera, como autora de un delito de extorsión en grado de tentativa , previsto y penado en el artículo 453 del Código Penal, a la pena de prisión de nueve meses, con accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. Además, en concepto de responsabilidad civil, estipulaba la sentencia, ratificada el pasado 15 de mayo por la Audiencia, que las dos deberán indemnizar de forma conjunta y solidaria a la víctima, en la cantidad de 10.000 euros , «por los perjuicios daño moral ocasionado».

La sentencia detalla el contenido de dos de los vídeos aportados por el varón, grabados en el salón de la vivienda el 19 de marzo de 2019 –día que la denunciante había asegurado que ocurrieron los hechos–. Vídeos en los que «no se advierte que dicha recurrente hubiera sido objeto de un delito de contenido sexual por parte del apelado, o estuviera bajo efectos del alcohol previamente ingerido, cuando, a partir de las 0,30 horas del 20-3-2019 (vídeo 2), sin entrar en pormenores, la recurrente naturalmente se sienta en la cama y se descalza, metiéndose posteriormente vestida en ella, lugar en el que ya se encontraba el apelado; a partir de las 0,41 horas y siguientes, ella se despoja de la parte superior de su vestimenta e inician contactos sexuales, culminando a partir de las 0,51 horas y siguientes; hasta llegar a las 0,54 horas y siguientes, en que ambos se visten y vuelven a acostarse juntos».

En cuanto a la tentativa de extorsión de la segunda de las recurrentes, en el audio aportado «se escucha una conversación entre el apelado y una mujer, en la que esta insta a aquel, so pretexto de tener pruebas de su sangre, pelo y semen, a que entregue 25.000 euros para arreglar la cuestión por las buenas, alegando el apelado que carece de esa cantidad, llegando a bajar esa mujer su pretensión a los 20.000 euros», reza la sentencia. Por todo ello, la Audiencia Provincial de Valladolid desestima los recursos de apelación presentados por las delincuentes , y confirman la sentencia del Juzgado de lo Penal número 4.

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