El juez Antonio Serrano-Arnal, ha archivado la investigación por blanqueo, cohecho y malversación de fondos públicos contra el ex ministro Rodrigo Rato al estimar que la Unidad Central Operativa de la Guardia Civil (UCO), que le atribuyó estos delitos en un informe, basó sus acusaciones en "sospechas sin sustento".
El togado también considera que en cualquier caso los hechos analizados han prescrito aunque afirma que las actividades de Rato fueron "abusivas e inmorales, impropias de la condición política del investigado".
Además, Serrano-Arnal critica la documentación aportada por la UCO porque está llena de condicionales -"podría señalarse", "habría que cuestionarse", "parecería razonable"...- que "van más allá de la interpretación y garantías que rigen el derecho penal".
El magistrado recoge en su resolución los argumentos esgrimidos por la UCO y apoyados por la Fiscalía Anticorrupción en la que se achacaba a Rato haberse "aprovechado" durante su mandato como ministro de Economía y Vicepresidente del Gobierno de José María Aznar de "la privatización" de grandes empresas.
Las empresas
El informe sostenía que el ex ministro influyó en el nombramiento de los presidentes de Tabacalera, Aldeasa, Endesa, Repsol o Azucarera del Ebro para que estos contrataran los servicios de publicidad de su empresa COR que facturó sus trabajos con "precios elevados" que Rato blanqueó "a través de un entramado de empresas".
El juez a lo largo de su resolución desmonta esta tesis y afirma que estos nombramientos se llevaron a cabo por el Consejo de Ministros. Por ello, afirma que "no es posible equiparar una supuesta influencia en un nombramiento al nombramiento en sí mismo". Y recalca que estas designaciones provocaron un "debate en el seno del Gobierno".
El magistrado, por ejemplo, sostiene que el nombramiento de Alfonso Cortina en Repsol fue consensuado por el Gobierno con los accionistas de la empresa y que las negociaciones culminaron "con una última entrevista entre el director general de la Caixa, José Vilasarau, y el presidente del BBV, Emilio Ybarra, con el presidente del Gobierno, José María Aznar".
Los argumentos del juez
El togado también afirma que "no existe un solo indicio de la causa efecto" de estos nombramientos con la contratación de las empresas de Rato. Por estos motivos, el magistrado rebaja las acusaciones de la Guardia Civil a "meras hipótesis sin sustento fáctico" o "meras sospechas que no están acreditadas".
Además, el juez recuerda que la comisión de estos delitos no fue detectada en su día ni por la Agencia Tributaria ni por el Estado, que "siguió conservando la facultad de fiscalización" de las empresas privatizadas.
A pesar de ello, el togado reprocha a Rato que no haya fingido esta actuación porque "repartió las sumas" obtenidas por los contratos de publicidad, que rondaron los 80 millones de euros, "entre las empresas de su grupo". No obstante, admite que el ex ministro no declaró estos ingresos a Hacienda, pero señala que este delito está prescrito porque Hacienda no ha cuantificado la cantidad que se dejó sin tributar.
También rechaza que haya podido cometer un delito de malversación de caudales con los paraderos cuya presidencia ostenta desde el 2012 su ex esposa Ángeles Alarcó. El togado asegura que "no hay irregularidad" en las cuentas.
El reproche
Asimismo, el magistrado tilda la actuación del ex ministro de "abusiva e inmoral". Y añade que sus actividades fueron "impropias de su condición política". También señala que las mismas podrían haber "supuesto un quebrantamiento sobre las normas de incompatibilidades".
Por estos motivos, el juez archiva esta causa y se niega a practicar nuevas pruebas al entender que no puede imputar al ex ministro los delitos que le atribuye la Guardia Civil. Y afirma que no tiene sentido pedir ahora los expedientes ministeriales sobre las subvenciones que se otorgaron porque los hechos están prescritos.
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