Begoña Gómez directora de la cátedra de la Complutense
La directora de la cátedra de Transformación Social Competitiva y administradora de la compañía Begoña Gómez, mujer de Pedro Sánchez, podría enfrentar sanciones de hasta 600.000 euros por no cumplir ciertos aspectos de la Ley de Protección de Datos y la Ley de Servicios de Sociedad de la Información en el sitio web transformaTSC.org.
Según ha revelado OKDIARIO, el Rectorado de la Universidad Complutense ha pagado 60.500 euros por un sitio web diseñado por la esposa de Pedro Sánchez bajo la marca de la empresa privada recién creada por ella misma. Dicho portal ha sido desarrollado por una reconocida empresa consultora tecnológica y comete múltiples fallos que podrían generar denuncias ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).
Grandes multas a Begoñas Gómez
Ha sido consultado un jurista especialista en Privacidad quien verifica, después de realizar un análisis rudimentario, que la página web de Transforma TSC tiene una serie de errores y deficiencias. Aunque está completamente funcional y en funcionamiento, presenta cuatro infracciones y faltas graves que podrían resultar grande multas a Begoña Gómez.
En primer término, el sitio web «no satisface las responsabilidades de identificación del editor», establecidas en el artículo 10 de la Ley de Servicios de Sociedad de la Información. Por lo general, este dato suele encontrarse en el aviso legal, el cual tampoco se encuentra presente».
Además, no se cumple con la responsabilidad de detallar la información exigida por las regulaciones de seguridad de la información, ya que carece de la sección de Política de Privacidad. Tanto en su versión de escritorio como en la de móvil, no se incluyen las secciones de notificación legal y de política de privacidad que son esenciales en cualquier desarrollo en línea.
En estas secciones se especifica el titular del sitio web, el responsable de protección de datos al que se puede contactar para actualizar la información personal al registrarse, la dirección postal para enviar cualquier solicitud adicional, entre otros. Casi todas las páginas web en España cuentan con estas secciones en el pie de página para evitar problemas con las autoridades.
Otras anomalías legales que podían llevar a más multas
Además, hay otra anomalía ya que no se ha implementado una notificación de galletas que aparezca y se deba aceptar al ingresar por primera vez al sitio web. Los especialistas consultados por este diario, después de realizar pruebas, llegan a la conclusión de que sólo utilizan galletas técnicas. Sin embargo, la notificación de galletas continúa siendo obligatoria para especificar ese aspecto. Las regulaciones de la Unión Europea se han vuelto más estrictas en los últimos años y es algo esencial en cualquier página web accesible al público en general, tal como sucede en este caso.
Formulario no convencional
Asimismo, el cuestionario para inscribirse en la plataforma Transforma TSC como compañía interesada en recibir los consejos de Begoña Gómez también presenta anomalías. Dicho cuestionario debería contar con una cláusula informativa acerca de quién será el responsable de resguardar los datos, no obstante, no está presente.
Incluso, se presenta un recuadro de «Consentimiento de los términos y condiciones», sin que estos estén disponibles. Por consiguiente, obligan a los usuarios a aceptar unas condiciones que desconocen. Una circunstancia completamente inapropiada. Junto a la mencionada casilla se muestra otra de «Manifestación de buena voluntad» que es sumamente atípica en este tipo de registros.
Más fallos que podía llevar a más multas a Begoña
Estos tipos de fallas en la página web financiada con fondos de la Complutense bajo el nombre de la Sociedad Limitada de Begoña Gómez pueden conllevar, por lo tanto, consecuencias legales.
Dependen de varios factores: el nivel de ingresos y tamaño de la empresa, si pueden demostrar que han designado a un representante de Protección de Datos o no, si es la primera sanción o si ya han tenido alguna previa, etc…», indican los especialistas consultados.
En las últimas semanas, ha salido a la luz que un diario de carácter general nacional con oficinas en Barcelona ha sido objeto de una multa de 10.000 euros de la Agencia de Protección de Datos (AEPD) por no cumplir con su política de galletas. Además, en tiempos recientes, se les ha impuesto sanciones de 4.000 y 5.000 euros respectivamente a dos empresas por tener incorrecta la Política de Privacidad y la Política de Galletas.
Multas por no informar sobre el tratamiento de datos
En otras situaciones, el castigo máximo, la violación de no informar a los afectados sobre el tratamiento de sus datos está clasificada como extremadamente grave por la Ley Fundamental de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, siendo la multa máxima de hasta 20 millones de euros o un 4% del porcentaje del total anual del volumen de negocios. En este caso, si Begoña Gómez prueba que el error no es intencional y que gana dinero con la publicidad, podría evitar esa sanción en su límite superior.
No tiene aviso legal
En cuanto a las repercusiones de carecer de aviso legal o tenerlo incompleto, también puede convertirse en una sanción significativa. De acuerdo con la Legislación de Servicios de la Sociedad de la Información, las transgresiones son clasificadas en leves, graves y muy graves, y el monto puede oscilar entre 600 y 600.000 euros. Por ejemplo, en este caso, no informar sobre el CIF (Código de identificación fiscal) sería una infracción leve.
Los correos no deseados y las multas a Begoña
Entre las faltas serias se encuentran el envío masivo de correo no deseado sin autorización, la oposición o rechazo a inspecciones de la administración o la falta de proporcionar a los usuarios las condiciones generales previas a iniciar la contratación de un servicio informático. Si estas infracciones muy graves se acumulan y se desatienden los requerimientos de las autoridades, se enfrentan a multas de hasta 600.000 euros.
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