Los agentes que abatieron a un joven en Vallecas, absueltos por apreciar el jurado legítima defensa

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Archivo - Foto de recurso Policía Nacional - EUROPA PRESS - Archivo
Publicado: jueves, 21 marzo 2024 15:43

MADRID, 21 Mar. (EUROPA PRESS) -

Un jurado popular de la Audiencia Provincial de Madrid ha absuelto a tres agentes de la Policía Nacional juzgados por abatir el 26 de noviembre de 2021 a tiros a un joven de 21 años en el rellano de su casa de Vallecas al apreciar que concurre una eximente completa de legítima defensa que les libra de responsabilidad penal, han informado a Europa Press fuentes jurídicas.

En una vista pública, la portavoz del tribunal de jurado ha leído el veredicto del juicio, que concluyó el pasado lunes. En sus informes finales, la fiscal modificó su acusación y solicitó la libre absolución por legítima defensa.

Los hechos juzgados se produjeron la tarde del 26 de noviembre de 2021 en menos de un minuto cuando los agentes subieron en ascensor a la planta novena del edificio. En un espacio de un metro, se vieron sorprendidos por el ataque violento de la víctima, que se les abalanzó sin mediar palabra con un cuchillo.

Los acusados detonaron cerca de 19 disparos en la intervención policial. El joven murió por un shock hipovolémico como consecuencia de los cuatro impactos recibidos en el abdomen.

Solo uno de los agentes usó su derecho a la última palabra , reiterando que él y sus compañeros obraron para defender su vida y la de sus compañeros. "Kevyn no nos dejó más opciones", recalcó ante el tribunal.

La legítima defensa es una eximente de responsabilidad penal que consiste en cometer una acción punible cuando se obre en defensa de una persona o de derechos propios o ajenos. La consecuencia de la aplicación de la eximente de la legítima defensa es la absolución del acusado.

La familia solicitaba una condena de cinco años de cárcel por una eximente incompleta al considerar que tienen que tener algún tipo de responsabilidad por lo sucedido.

EVITAR UNA AGRESIÓN NORMAL

En su declaración, los procesados defendieron que actuaron para defenderse de una agresión mortal, lo que les eximiría de responsabilidad penal en el caso de que el tribunal de jurado aprecie esta eximente en su modalidad completa.

A pesar de los disparos, tuvieron que esposar al chico en el suelo cuando le estaban asistiendo los equipos sanitarios. El consumo de diferentes tipos de drogas, entre ellas éxtasis, le llevó a tal estado de excitación que no era consciente de los impactos, según ratificaron los expertos forenses en a prueba pericial.

El jurado popular visionó en una de las sesiones del juicio una recreación visual en el que unos agentes que no son los acusados realizan una reproducción "concisa" de lo sucedido en la planta novena en un espacio de un metro entre el ascensor, las escaleras y la puerta de la vivienda. Todo ocurrió en menos de 50 segundos.

Las imágenes mostraban las acometidas de la víctima con un cuchillo contra los agentes y cómo estos se ven obligados a desenfundar sus armas reglamentarias después de que el escudo se les cayera al tropezar al estar en un espacio muy reducido.

Los forenses manifestaron que hallaron tres tipos de droga en la analítica de sangre y orina del fallecido que pudieron influir en su estado de excesiva agresividad, ratificando en la vista oral que hubo un consumo reciente con varias dosis en las ocho horas anteriores a la muerte.

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