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Absueltas diez personas acusadas de pactar una caída en un autobús para exigir indemnizaciones
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Audiencia Provincial de Málaga

Absueltas diez personas acusadas de pactar una caída en un autobús para exigir indemnizaciones

La Fiscalía consideró que estaban compinchadas con el conductor de una furgoneta que supuestamente, con una maniobra, provocó que el chófer del bus frenara y los procesados cayeran al suelo. Se les imputaba un delito de estafa

Foto: Un autobús de línea de la Empresa Malagueña de Transporte. (P.D.A.)
Un autobús de línea de la Empresa Malagueña de Transporte. (P.D.A.)

Diez personas han sido absueltas tras ser procesadas judicialmente por presuntamente pactar y coordinar una caída simultánea en un autobús de la Empresa Malagueña de Transporte (EMT) con el supuesto objetivo de solicitar indemnizaciones. La Fiscalía solicitaba para cada uno de los investigados cinco meses y 15 días de prisión por un delito de estafa que la autoridad judicial no ha considerado suficientemente probado.

Según se recoge en la sentencia emitida por la Sección Novena de la Audiencia Provincial de Málaga, a la que ha tenido acceso El Confidencial, los hechos enjuiciados en dos sesiones se produjeron sobre las 21:50 horas del día 22 de Noviembre de 2018 en el interior de un transporte de la línea 25.

Cuando circulaba por la calle Anderes Liden, en la confluencia con la avenida Jiménez Fraud de Málaga capital, el conductor —"no identificado"— de una furgoneta de "color gris" y marca y modelo "desconocido" realizó una "maniobra irregular" que obligó al chófer del autobús a "frenar de forma brusca" para evitar una colisión.

Ésto provocó la caída de algunos de los pasajeros, que posteriormente remitieron a la EMT reclamaciones efectuadas con "asistencia letrada".

Foto: El timo más frecuente: embestir en las rotondas. (iStock)

El Ministerio Público sostenía que este desenlace era consecuencia de un acuerdo previo entre la persona al volante de la furgoneta y los investigados con el objetivo de "causarse lesiones para cobrar la correspondiente indemnización a la compañía aseguradora".

Esta aseveración la fundamentaba, entre otras cosas, en las imágenes captadas por las cámaras qel autobús, que mostraban cómo "exageraron y se dejaron caer". Y constaron que fueron los únicos que acabaron en el suelo, a pesar de que en el vehículo había muchos más viajeros de distintas edades y condiciones físicas.

Existían, también, serios indicios de que los acusados eran "parientes" o podían "residir en la misma barriada". Lo que alimentaba la hipótesis de la acción coordinada y previamente planificada.

Aunque el tribunal apunta que los acusados caen al suelo "de forma que pudiera parecer simulada", creen que el video de la escena no es suficiente

El testimonio del chófer del bus durante la instrucción del caso reforzó esta línea al manifestar que "se intentó provocar un accidente mediante colisión"; pero durante el juicio declaró que "el otro vehículo efectuó una maniobra antirreglamentaria para incorporarse a la vía", aunque no podía "considerarlo algo anormal, ni recordar la intensidad del frenazo".

Estas contradicciones en la principal prueba testifical, así como el hecho de que los agentes de al frente del caso no lograron localizar al conductor de la furgoneta para tratar de establecer conexiones con los procesados, dejaba a las grabaciones de las cámaras como principal baza de la Fiscalía. Muy poco a juicio de los tres magistrados.

"La documental videográfica, por sí sola, no puede constituir una auténtica y suficiente prueba de cargo", a pesar de que el tribunal, en su fallo, reconoce que los investigados caen al suelo "de forma que pudiera parecer simulada". Pero apunta que "no puede en modo alguno deducirse, con la certeza que se precisa para dictar un fallo condenatorio, que participaran en la actividad engañosa y fraudulenta que se les imputa".

Foto: Imagen de un accidente entre dos vehículos.

Los magistrados, de este modo, y "vista la insuficiencia de las pruebas incriminatorias", resuelven que "no queda debidamente acreditado que los acusados, de forma coordinada y previamente puestos de acuerdo con el conductor de la furgoneta, se subieran al autobús a sabiendas del incidente posterior y, aprovechando la provocación de la frenada, simularan su caída para intentar obtener un lucro económico".

Al no acreditarse la existencia del engaño, ya que "hay serias dudas del concierto" de los protagonistas del caso, por lo que se debe primar el principio in dubio pro reo y procede a "su libre absolución con todos los pronunciamientos favorables".

Diez personas han sido absueltas tras ser procesadas judicialmente por presuntamente pactar y coordinar una caída simultánea en un autobús de la Empresa Malagueña de Transporte (EMT) con el supuesto objetivo de solicitar indemnizaciones. La Fiscalía solicitaba para cada uno de los investigados cinco meses y 15 días de prisión por un delito de estafa que la autoridad judicial no ha considerado suficientemente probado.

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