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Cataluña usará pulseras GPS para reducir el número de presos preventivos en una prueba piloto inédita

La Generalitat pone en marcha un plan novedoso en España en pleno debate sobre la seguridad ciudadana y la multirreincidencia

La consejera de Justicia, Gemma Ubasart junto al secretario de Medidas Penales Amand Calderó y el jurista Josep María Torrent
La consejera de Justicia, Gemma Ubasart junto al secretario de Medidas Penales Amand Calderó y el jurista Josep María TorrentQuique GarciaEFE
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Cataluña usará pulseras y tobilleras GPS para reducir el número de presos preventivos en las cárceles. Una prueba piloto inédita que la Generalitat anuncia en pleno debate sobre la seguridad ciudadana y la multirreincidencia.

Hay que tener en cuenta que en Cataluña, un 42% del total de personas privadas de libertad están en prisión provisional a la espera de juicio (1.663) o bien cumpliendo penas de prisión inferiores a dos años (1.725).

La prueba piloto se implementará en dos o más partidos judiciales, todavía por determinar, y se acompañará de un estudio de evaluación que permitirá valorar la eficiencia de la implementación y detectar los sesgos en su aplicación.

En caso de que la prueba resultara exitosa, el departamento trabajaría para extender esta experiencia piloto al conjunto del sistema judicial catalán.

Y, según datos de la Generalitat, un 26 % de los presos que acaban su condena clasificados en régimen ordinario volverán a delinquir, solo un 10% de las personas que la finalizan clasificadas en tercer grado o libertad condicional reincidirán".

"Será una medida pionera en el Estado español, pero países como Portugal hace dos décadas que lo están aplicando", ha señalado el jurista y coordinador de la estrategia, Josep Torrent, sobre el uso de las pulseras con GPS en investigados. Hasta ahora se usaban solo en condenados en libertad vigilada, con 33 pulseras disponibles en Cataluña desde 2011.

El uso de pulseras GPS tiene como objetivo reducir el número de presos en prisión provisional, una medida restrictiva de libertad que solo puede decretarse ante situaciones de riesgo de fuga, reincidencia o destrucción de pruebas, y que debe aplicarse como última opción.