Estos son los tratamientos dentales que cubre MUFACE

Quedan excluidos de estas ayudas cualquier tratamiento reparador sobre la dentición temporal

Esta es la diferencia entre MUFACE y Seguridad Social

Estas son las pensiones que pueden disfrutar algunos mutualistas de Muface

Archivo - Paciente en el dentista.

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La nueva prestación complementaria de la asistencia sanitaria MUFACE, tiene el objetivo de hacer frente a los gastos de determinadas prótesis y trabajos odontológicos. Estas ayudas económicas son un beneficio dirigido a todo el colectivo mutualista (titulares y personas beneficiarias) independientemente de su adscripción a una Entidad pública o privada.

El derecho al reconocimiento de estas prestaciones prescribirá a los cinco años, a partir de la fecha de la factura y entre los servicios cubiertos se encuentran: la dentadura completa o una de las partes, reposición o colocación de piezas, fundas o coronas, empastes, obturaciones o reconstrucciones. También entran dentro del seguro las endodoncias y el tratamiento de ortodoncia, siendo la única ayuda destinada a tratamientos indicados antes de los 18 años. Asimismo, a la vez que se aplican estas ayudas, quedan excluidas de la prestación las piezas, fundas o coronas, dentaduras y empastes provisionales, así como cualquier tratamiento reparador sobre la dentición temporal.

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A la hora de pedir la prestación deberá acompañarse de la factura del especialista en odontología, estomatología o cirugía maxilofacial que haya efectuado el tratamiento o, en su caso, del profesional protésico dental que haya realizado la prótesis o aparato de ortodoncia. La factura deberá reunir todos los requisitos legales y reglamentarios para su validez y en la misma deberá figurar el detalle de conceptos y precios así como la constancia del pago o ir acompañada, en su caso, del correspondiente recibo que lo acredite. Toda la información al respecto puede consultarse en la página oficial de MUFACE.

Este plan de ayudas sanitarias solo contempla un máximo de doce ayudas por persona y año natural para cada una de las prestaciones teniendo en cuenta la fecha de la correspondiente factura.