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domingo, 28 abril 2024

8 años de cárcel por okupar una casa, plantar en ella marihuana y poseer un arma de guerra

Accedió a la casa aprovechando que su dueña se había trasladado temporalmente al domicilio de su madre para cuidarla

La Audiencia de Alicante ha condenado a 8 años de prisión a un hombre por okupar ilegalmente una vivienda, habilitarla para instalar un cultivo de marihuana, realizar un enganche ilícito a la línea de suministro eléctrico para abastecer de energía la plantación y poseer un arma de guerra.

En concreto, el procesado ha sido sentenciado por cuatro delitos distintos: contra la salud pública por el cultivo de marihuana para su venta a terceros, tenencia ilegal de armas de guerra, ocupación de inmueble y defraudación de fluido eléctrico.

El tribunal impone además al encausado, de 38 años y nacionalidad polaca, la pena de adicional de tres meses de multa por los dos últimos delitos, lo que suma un total de seis meses, a razón de 6 euros diarios en ambos casos.

La resolución judicial, a la que ha tenido acceso EFE, considera probado que, en torno al mes de mayo de 2022, el acusado accedió a una vivienda situada en la partida de Campo Alto del municipio de Elda, aprovechando que su dueña se había trasladado temporalmente al domicilio de su madre para cuidarla.

A partir de entonces, ocupó ese inmueble y lo acondicionó para poner en marcha una plantación dedicada al cultivo de marihuana que, después, se derivaba para su venta en el mercado ilícito.

Para ello llevó a cabo distintas modificaciones en los tabiques y la distribución interna de la casa, y colocó tres máquinas de aire acondicionado, dieciséis módulos de iluminación led y diez ventiladores destinados a mejorar el cultivo de la droga, según el fallo.

También hizo un enganche ilegal en una línea de suministro eléctrico de una compañía energética para abastecerse de la luz que necesitaba para activar todos esos aparatos.

La plantación fue descubierta por la Policía Nacional un año más tarde, después de que agentes del cuerpo interceptasen al acusado en un control, tras haber iniciado un dispositivo de vigilancia en el momento en el que la dueña de la citada vivienda presentó denuncia por la ocupación ilegal de su propiedad.

La sentencia detalla que los policías dieron el alto al vehículo que conducía el ahora condenado en torno a las 20:05 horas del 9 de mayo de 2023. En ese momento, le intervinieron una bolsa de plástico que contenía cogollos de marihuana preparados para su venta.

Al día siguiente practicaron una entrada y registro en el interior de la vivienda ocupada por el acusado, en la que hallaron hasta 260 plantas de cannabis y distintas cantidades de droga, valorada en 194.943,87 euros.

También encontraron distintos elementos utilizados para su manipulación, como cinco básculas de precisión, una máquina de envasar al vacío y dos peladoras de marihuana.

En el registro se localizó, además, un subfusil Samopal 26, considerado arma de guerra, en correcto estado de conservación y apto para el disparo, sin que el acusado dispusiese de la preceptiva licencia de uso.

El procesado reconoció que había ocupado la vivienda de forma ilegal en el momento en el que se produjo su arresto y sostuvo que había adquirido el subfusil como pieza de decoración y no con la finalidad de darle uso. Es más, alegó que se requería de un ajuste en su cañón para poder ser utilizado.

Sin embargo, el tribunal no da credibilidad a su testimonio a la vista del informe pericial en el que se concluye que el cañón se podía “recolocar sin dificultad y en poco tiempo” para que el arma fuese eficaz.

Por todo ello, al margen de los tres años de privación de libertad por el delito contra la salud pública, de los cinco años adicionales por el de depósito de armas de guerra y de las dos penas de multa ya reseñadas, la sentencia indica que el acusado deberá indemnizar a la dueña de la vivienda con 9.075 euros por los daños en su propiedad y a la compañía energética con 37.892 euros por el consumo ilegal efectuado.

El procesado ya había sido condenado con anterioridad por un delito de falsificación de documentos públicos por el Juzgado de Instrucción número 1 de Elche en diciembre de 2020.

La nueva sentencia condenatoria contra él es recurrible en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat (TSJCV) en el plazo de diez días desde su notificación.