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Los policías de 'la patada en la puerta' grabaron con cámaras no autorizadas

Los agentes que están siendo juzgados por un delito de allanamiento de morada grabaron con cámaras personales, que no están permitidas, su intervención para derribar sin orden judicial la puerta de un piso, por una fiesta ilegal.

Agentes de la Guardia Urbana informan a los viandantes de la entrada en vigor del toque de queda en Barcelona, en diciembre de 2021. Archivo / Europa Press

Ana María Pascual

El propietario del piso, en la calle Lagasca, de Madrid, donde seis policías derribaron con un ariete su puerta de entrada, al celebrarse una fiesta prohibida, en plena pandemia, ha denunciado este lunes que los agentes grabaron los hechos con cámaras no autorizadas, por lo que las pruebas aportadas por los policías, que están siendo juzgados, podrían ser consideradas ilegales.

La audiencia Provincial de Madrid celebra el juicio contra seis policías por el caso conocido como el de 'la patada en la puerta', por entrar a la fuerza, sin orden judicial en una vivienda particular de la calle Lagasca, el 21 de marzo de 2021, durante el segundo estado de alarma por la pandemia. Se les acusa de un delito de allanamiento de morada.

La denuncia, a la que ha tenido acceso este diario, relata que los agentes incorporaban a sus chalecos cámaras de vídeo personales, no oficiales, que el propio ministerio del Interior prohibía en una nota interna del 23 de diciembre de 2020, y donde se prohíbe el uso de cámaras mientras no sea expresamente autorizada su incorporación al equipamiento policial, así como “su difusión o envío a cualquier destinatario” especialmente “medios y redes sociales”.

El letrado de la acusación, Juan Gonzalo Ospina, de Ospina Abogados, pedirá al tribunal que las imágenes grabadas por los agentes constituyan una prueba ilícita, señalando que pudieron cometer un presunto delito de revelación de secretos. El juicio, con jurado, concluye el próximo 28 de noviembre.

La denuncia describe que dos de los agentes llevaban en sus respectivos chalecos dos 'Go-Pro' (cámaras ligeras), en concreto una de la marca Boblov y Philips BodyCam Tracer, para realizar la grabación de la intervención, primero en las zonas comunes del edificio para más tarde acceder sin una autorización judicial, alegando que se estaba cometiendo un delito flagrante de desobediencia grave en el citado piso.

En concreto, sobre las cámaras 'Go-Pro', otra circular policial, de 2018, prohíbe a los agentes el uso de este tipo de cámaras si no está expresamente autorizado por la Dirección Adjunta Operativa.

La acusación particular pide dos años y seis meses de prisión e inhabilitación para cada uno de los seis agentes, mientras que la Fiscalía solicita la absolución de todos ellos.

Los jóvenes que celebraban la fiesta prohibida, algo que no se juzga en la vista oral, advirtieron a los agentes de que no tenían una orden judicial para entrar en el domicilio y de que, por tanto, no tenían derecho a hacerlo. Sin embargo, los policías no cejaron en su labor y terminaron derribando la puerta.

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