El Supremo da un plazo de 20 días para que Irene Montero tuitee su condena por llamar maltratador al ex de María Sevilla

Irene Montero, en un acto en Madrid.
Irene Montero, en un acto en Madrid.
EP
Irene Montero, en un acto en Madrid.

La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha aprobado este miércoles un auto en el que ordena a Irene Montero a tuitear el encabezamiento y el fallo de la sentencia que le condenó a pagar 18.000 euros al exmarido de María Sevilla, expresidenta de la asociación Infancia Libre, por llamarle maltratador. Pero esa no es la única orden que ha dictado el Supremo, que también obliga a la ministra de Igualdad en funciones a pagar 5.400 euros por intereses y costas en el procedimiento. 

Montero también tendrá que publicar -a su costa, según acota el auto- la sentencia en un periódico de ámbito nacional. Por último, el Supremo le requiere a la ministra que elimine el tuit que publicó el 25 de mayo de 2022 en el que compartía un vídeo de las declaraciones que vertió contra el exmarido de Sevilla. 

Todo esto después de que Montero dijese durante un acto de inauguración de la sede del Instituto de las Mujeres que "las madres protectoras sufren injustamente y, en muchos casos, suponiendo una vulneración de muchos de sus derechos, la criminalización y la sospecha por parte de la sociedad, cuando lo que están haciendo no es otra cosa que defenderse a sí mismas y defender a sus hijos e hijas frente a la violencia machista de los maltratadores".

Estas declaraciones las pronunció tras conocerse que el Gobierno había decidido indultar parcialmente a María Sevilla, condenada en 2020 a dos años y cuatro meses de prisión por un delito de sustracción de menores. Sevilla fue condenada a prisión y perdió la patria potestad de su hijo por no permitir que su hijo se acercase a su padre, Rafael Marcos, que tras escuchar las declaraciones de Irene Montero se querelló con la ministra. 

El alto tribunal entendió que las palabras de Montero estaban enmarcadas en ese contexto y que, por tanto, se podía deducir que la titular de Igualdad estaba haciendo alusión a Marcos, atribuyéndole un delito de violencia machista sin que hubiera recaído ninguna condena sobre él. 

La sentencia condenatoria contra Irene Montero se decretó en junio, un año y un mes después de que Montero pronunciase las mencionadas declaraciones. Entonces, la Sala de lo Civil del Supremo ya adelantó que obligaría a la ministra a difundir la condena. En un principio, Rafael de Marcos reclamaba una indemnización de 85.000 euros y una rectificación pública por parte de la demandada. La Sala Primera apreció, en efecto, una vulneración del derecho al honor de Marcos, pero decidió reducir el pago a los 18.000 euros. 

Al no existir "ninguna resolución judicial que permita concluir" que Marcos sea autor "de episodios de violencia de género ni de abusos", el alto tribunal concluyó que las declaraciones atentaban sin fundamento al derecho al honor del demandante. "Atribuir infundadamente a una persona la condición de maltratadora constituye una imputación indiscutiblemente atentatoria contra su fama y reputación personal, que objetivamente provoca su descrédito al asignarle una conducta de máximo reproche social", señala la sentencia que el Supremo hizo pública el nueve de julio de este mismo año.

El pasado 22 de septiembre la ministra de Igualdad en funciones pagó los 18.000 euros que, según ha aclarado el Supremo, ya han sido entregados a Marcos. Ahora Montero deberá abonar otros 5.400 euros en concepto de costas e intereses, además de publicar la sentencia en su cuenta de Twitter. 

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