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El Tribunal de Justicia de la UE falla que la limitación del número de licencias de VTC en Barcelona es contraria al Derecho de la Unión

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Dictamina que garantizar la viabilidad económica de los servicios de taxi "es un motivo de carácter puramente económico" que no puede constituir una razón de interés general

Una taxista participa en una movilización  para restringir los VTC
Una taxista participa en una movilización para restringir los VTC.ARABA PRESS

La regulación de Barcelona que limita el número de licencias de servicios de vehículos de turismo con conductor (VTC) es contraria al Derecho de la Unión. En cambio, la exigencia de una licencia adicional a la prevista a nivel nacional "puede resultar necesario para la buena gestión del transporte, del tráfico y del espacio público, así como para la protección del medio ambiente", pero debe quedar debidamente justificado. Así lo ha dictaminado este jueves el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en una esperada sentencia.

El caso llegó a Luxemburgo después de que Prestige and Limousine, una empresa impugnara ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña el reglamento local de servicios de VTC en toda el área metropolitana de Barcelona, solicitando que fuera anulado. La regulación de la ciudad exige que incluso compañías que tienen en vigor una autorización para prestar servicios de VTC urbanos e interurbanos en toda España obtengan una segunda, adicional, específica para el área. Y además, limita el número de licencias total a una por cada 30 de servicios de taxi. La denunciante, junto a un buen número de empresas similares, esgrimieron que el único objetivo de esas exigencias era obstaculizar su actividad para proteger los intereses del sector del taxi.

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Tras recibir una cuestión prejudicial del tribunal catalán, en su decisión, el alto tribunal comunitario indica hoy que si bien esas normas catalanas no suponen ayudas para el taxi, la exigencia "de una autorización específica adicional y la limitación del número de licencias constituyen, ambas, restricciones al ejercicio de la libertad de establecimiento, pues la primera limita efectivamente el acceso al mercado a todo recién llegado y la segunda limita el número de prestadores de servicios de VTC" establecidos ya en el área metropolitana.

Una vez que los magistrados han establecido que en efecto es una restricción, lo importante es ver si hay una justificación, una "razón imperiosa de interés general". Y es cuando su análisis sostiene que si bien "la buena gestión del transporte, del tráfico y del espacio público de una conurbación, así como de protección del medio ambiente", pueden constituir "razones imperiosas de interés general", en cambio el objetivo de garantizar la viabilidad económica de los servicios de taxi "es un motivo de carácter puramente económico que no puede constituir una de esas razones".

Sobre la proporcionalidad de ambas medidas, el TJUE estima que la exigencia de autorización previa puede considerarse necesaria si busca conseguir los objetivos indicadores a continuación, de tráficos o medioambiente, pero entonces ese requisito específico "debe basarse en criterios objetivos, no discriminatorios y conocidos de antemano, que excluyan cualquier arbitrariedad y que no se solapen con los controles ya efectuados en el marco del procedimiento de autorización nacional, sino que respondan a necesidades particulares del área". Y sin embargo, restringir el número a una por cada 30 de servicios de taxi "no parece idónea para garantizar la consecución de los objetivos de buena gestión del transporte, del tráfico y del espacio público, así como de protección del medio ambiente".

La sentencia expresamente dice que durante el proceso "no han quedado desvirtuadas las alegaciones formuladas en favor de los servicios de VTC con el fin de demostrar que esos servicios favorecen, en realidad, la consecución de dichos objetivos", y en particular la reducción del recurso al automóvil privado. Ni tampoco han quedado desvirtuadas las alegaciones "según las cuales es posible adoptar medidas menos restrictivas para limitar el posible impacto de la flota de los VTC en el transporte, el tráfico y el espacio público en el AMB".

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