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¿Iguales ante la ley?

Oleguer Pujol se libró de la cárcel preventiva en contra del criterio de la Fiscalía: ¿qué ocurrió con otros imputados en tramas de corrupción?

Oleguer Pujol se libró de la cárcel preventiva en contra del criterio de la Fiscalía: ¿qué ocurrió con otros imputados en tramas de corrupción?
Pujol en su famosa comparecencia en el Parlamento catalán | EFE

Perpetúa la sensación de que los Pujol no pisarán la cárcel. Quien más y quien menos, Albert Rivera sin ir más lejos, imagina que la familia guarda un as en la manga que compromete a las más altas instancias del país. El líder de Ciudadanos ha recordado la imprecación con tinte de amenaza que exmolt honorable pronunció en septiembre de 2014 en el Parlamento de Cataluña: "Si vas segando la rama de un árbol, al final cae la rama. Pero no solo caerá esa rama, caerán todas". Reacción que se produjo un día después de que el juez José de la Mata acordase la libertad para el pequeño del clan, pese a que la Fiscalía había solicitado el ingreso en prisión ante las sospechas de que sigue blanqueando capital irregular. La pregunta es obligada: ¿existe igualdad ante la ley en España? Contestan los precedentes en los otros casos de corrupción mediáticos.

Luis Bárcenas en el caso Gürtel

El extesorero del Partido Popular, máximo responsable de las finanzas de la formación entre 2008 y 2009 y con alta capacidad de mando en los años anteriores, es quizás la persona más influyente de las que han cumplido en los últimos tiempos prisión cautelar. El entonces instructor de la trama Gürtel, Pablo Ruz, acordó el 27 de junio de 2013 esta medida a propuesta de la Fiscalía Anticorrupción. El mismo magistrado concedió la libertad provisional a Luis Bárcenas el 22 de enero de 2015, después de 19 meses encerrado en la cárcel de Soto del Real, en Madrid.

Las actuaciones judiciales sujetaban indicios de que Bárcenas había ocultado más de 48 millones de euros en cuentas de países extranjeros. Esa fortuna procedería de "comisiones generadas por su participación en unión de Francisco Correa en adjudicaciones de contratos públicos realizadas a empresas afines, así como de otras fuentes de ingresos de origen desconocido mediante la utilización masiva de dinero efectivo". El también exsenador habría encubierto estos depósitos mediante un entramado de sociedades y testaferros –personas a las que alquilaba su identidad para figurar como titulares de partes del patrimonio–. Al mismo tiempo, habría desarrollado prácticas de repatriación del capital como inversiones en fondos y en el mercado de divisas, compra de bonos del Estado, y la explotación de operaciones inmobiliarias especulativas.

  • Delitos imputados: contra la Administración Pública, contra la Hacienda Pública y blanqueo de capitales, cohecho, falsedad en documento mercantil y estafa procesal en grado de tentativa.
  • Argumentos del juez Pablo Ruz: El magistrado ponderó "el ingente acervo indiciario acumulado respecto del imputado acerca de su participación en diversos delitos sancionados todos ellos con importantes penas de prisión". Apreció riesgos de obstrucción a la acción de la justicia y de alteración o desaparición de las fuentes de prueba relevantes para el enjuiciamiento por "la capacidad del imputado para acceder por sí o a través de terceros a las fuentes de prueba o para influir sobre otros imputados, testigos o peritos, ante la posición pública y patrimonial ostentada por el mismo". El instructor consideró también el hecho de que Bárcenas hubiera actuado con el fin de inducir a error a los órganos jurisdiccionales y obtener el archivo de la causa respecto del delito fiscal investigado con el consiguiente perjuicio para la Hacienda Pública" mediante la simulación de una serie de contratos de compraventa.

La Operación Púnica de Francisco Granados

El secretario general del PP de Madrid entre 2004 y 2011 permanece en prisión provisional desde octubre de 2014. Según dibuja el sumario de la Operación Púnica, Francisco Granados lideró una trama de corrupción que se contagió en otras regiones con la ayuda de su exsocio David Marjaliza, confesor del ilícito en una declaración de 13 horas. Habrían aunado fuerzas para sangrar a las arcas públicas, amasando una fortuna por dos cauces: mediante la concesión de contratos públicos a empresas que se entregaban a la corrupción y a través de la compra de terrenos y la posterior recalificación de los suelos para la venta de parcelas.

  • Delitos imputados: blanqueo de capitales, organización criminal, cohecho, malversación de caudales públicos, prevaricación, fraude y tráfico de influencias.
  • Argumentos del juez Eloy Velasco: El instructor de la Audiencia Nacional subrayó la "necesidad de proteger la información que todavía debe obtenerse". Sigue detectando "riesgo de alteración de fuentes de prueba y de fuga y sustracción efectiva a la acción de la Justicia". Para Velasco, no es "su arraigo en España un factor determinante que evite o impida el riesgo de huida –facilitable por el dinero que debe tener eludido todavía, parte fuera de España, y ante la gravedad de la pena que pudiera serle impuesta–".

Supuesta extorsión de Ausbanc y Manos Limpias

Regentaban Ausbanc, una asociación constituida para defender a los consumidores frente a los abusos de los bancos y las entidades de crédito, y Manos Limpias, un sindicato nacido en persecución del interés común que se personaba en multitud de causas penales. El magistrado Santiago Pedraz metió en la cárcel en abril de 2016 a Luis Pineda y Miguel Bernad como presuntos jefe y colaborador, respectivamente, de una organización criminal que habría exigía dinero a personalidades y empresas a cambio de no interponer denuncias en los juzgados o difundir noticias negativas. Ambos se han presentado como víctimas de una persecución del Estado por sentar en el banquillo a importantes empresarios, políticos, e incluso a la infanta Cristina en el caso Nóos.

El juez de la Audiencia Nacional permitió el pasado 22 de diciembre a Bernad abandonar la prisión previo pago de 50.000 euros de fianza. A colación de su estado de salud, argumentó que la instrucción "no habría de verse perjudicada de hallarse en libertad, ya que difícilmente podría ya ocultar pruebas" y que tampoco existía "fundado peligro de fuga si se adoptan además medidas de control", aspectos que no concurrían en "el otro preso investigado en prisión", en referencia a Luis Pineda.

  • Delitos imputados: extorsión, amenazas, organización criminal, estafa, administración desleal y fraude en las subvenciones.
  • Argumentos del juez Santiago Pedraz: "Teniendo en cuenta la gravedad de los delitos y la pena que pudiera imponerse", Pedraz acordó prisión incondicional para ambos "ante el temor de fuga, máxime a la vista de la infraestructura empresarial y capital económico en el extranjero que permitiría a Luis Pineda poder emprender su vida fuera de España tanto para él, como llegado el caso, a quien ha esponsorizado", en referencia a Bernad. El juez acometió esta pedida pese a estar la investigación en primera fase, puesto que "quedan muchas diligencias por practicar".

El presunto blanqueo de Mario Conde

Mario Conde negó a la Fiscalía, de forma que se proclamó inocente. Sin embargo, el juez Santiago Pedraz no compró el alegato y ordenó en abril de 2016 su ingreso en prisión provisional. Según la investigación, desde 1999 habría blanqueado 13 de los 26 millones de euros que saqueó de Banesto cuando era presidente y por los que fue condenado a 20 años de cárcel. Lo habría hecho mediante el envío de pequeñas remesas de dinero a España desde siete países, algunos de ellos paraísos fiscales. Los movimientos, suyos y de sus ayudantes, nunca superaban los 3.000 euros para no levantar sospechas en los organismos de control. Frente a la acusación, el banquero aseguró que acreditaría un hipotético origen lícito del botín y que desmontaría las hipótesis de Anticorrupción.

No fue suficiente que el letrado de Conde resaltara la buena fe de su cliente porque nunca quebrantó el tercer grado que le concedieron por el caso Banesto, ni cuando disfrutó de permisos, y porque facilitara los trabajos de la Guardia Civil. Al menos en ese momento, puesto que el instructor de la Operación Fénix cambió de criterio tres meses después y consintió el 17 de junio su salida previo pago de 300.000 euros de fianza. Entendía que "la instrucción no habría de verse perjudicada de hallarse Mario Conde en libertad, sin que se deduzca riesgo de fuga".

  • Delitos imputados: blanqueo de capitales, contra la Hacienda Pública, organización criminal y frustración en la ejecución.
  • Argumentos del juez Santiago Pedraz: El magistrado repite la fórmula empleada en el caso anterior: "Teniendo en cuenta la gravedad de los delitos y la pena que pudiera imponerse" y "ante el temor de fuga", acuerda el ingreso en prisión. Decreta la medida pese a que aún no había analizado todo el material incautado en los registros y "máxime con las diligencias declaradas secretas, no habiéndose concluido la instrucción, por lo que además pudieran perjudicar la misma de hallarse en libertad".

El caso Nóos: Urdangarin y la infanta

Cumplido el pasado 11 de enero un año desde que arrancara el juicio por el caso Nóos, los duques de Palma y España entera aguardan a la sentencia. Aunque el procedimiento siempre estuvo rodeado de cierta polémica. Desde el juez instructor, el mallorquín José Castro que no concurrió al Congreso como cabeza de lista de Podemos en las Islas Baleares por una cuestión de plazos, hasta el fiscal Pedro Horrach y su obstinación en la defensa de la infanta. Ambos se pusieron de acuerdo en que Iñaki Urdangarin –que se enfrenta a 19 años y medio de prisión–y su exsocio Diego Torres –para quien la Fiscalía pide 16 años y medio–se situaron en la cúspide del Instituto Nóos, el supuesto epicentro de una trama de desvío de fondos públicos que se habría adjudicado de forma ilegal contratos por valor de 6.2 millones de euros del Gobierno de Baleares, la Generalitat Valenciana y el Ayuntamiento de Madrid.

Aunque nunca convergieron en relación a doña Cristina. Manos Limpias mantuvo en solitario la acusación popular contra la hermana del Rey con una petición de ocho años de cárcel como cooperadora necesaria de dos delitos fiscales cometidos desde la empresa matrimonial Aizoon. Llama la atención que, con la vasta cantidad de delitos sobre la mesa, nadie pidiera en ningún momento aplicación alguna de medidas cautelares.

  • Delitos imputados: *Urdangarin* prevaricación, fraude, tráfico de influencias, malversación, contra Hacienda, falsedad, estafa, falsificación y blanqueo de capitales. *Cristina de Borbón* cooperadora necesaria de dos delitos fiscales.

El caso flagrante de Isabel Pantoja

La instrucción de la pieza sustancial del caso Malaya se extendió entre mayo de 2007 y noviembre de 2014. Presentó indicios de blanqueo de capitales en Isabel Pantoja, que habría lavado fondos procedentes del saqueo en el Ayuntamiento de Marbella perpetrado por Julián Muñoz, su exnovio además de exalcalde de dicho municipio. La Audiencia Provincial de Málaga condenó a la cantante sevillana a dos años de prisión con multa de 1.14 millones de euros. Consideró que la pareja «ejecutó un plan preconcebido para aflorar dinero y ganancias".

Como Isabel Pantoja no tenía antecedentes penales y el castigo no superaba el mínimo efectivo para ingresar automáticamente en prisión –fijado por ley en dos años y un día–, se daba por hecho que eludiría la cárcel por el llamado derecho a la suspensión de la condena. Aunque en una decisión con contados precedentes en España, la Fiscalía reclamó su entrada en el Centro Penitenciario de Mujeres de Alcalá de Guadaíra. Y la Sala accedió, argumentando que: "la gravedad de la conducta resulta incuestionable, pues permitió el blanqueo de los beneficios obtenidos por su pareja en su corrompida actividad al frente del Ayuntamiento". El Ministerio Público hizo hincapié en su falta de cooperación: "lo que se pretende conseguir es servir de freno a posibles conductas futuras".

  • Delitos imputados: condenada por blanqueo de capitales.

El intocable clan Pujol

La investigación avanza con una lentitud extraordinaria, probablemente por el desorbitado patrimonio que habría aglutinado el clan. El ministerio del Interior estimó en 2014 el patrimonio familiar en 1.800 millones de euros, aunque según las últimas informaciones se sitúa en 3.300 millones. El caso se dividía en tres vertientes: la que analizaba el origen de la fortuna que los Pujol Ferrusola ocultan en Andorra, las enormes cantidades de efectivo que el primogénito introducía en el país helvético y supuesto blanqueo de capitales a gran escala que habría perpetrado en una operación de compraventa el hijo pequeño. La primera se instruía en el Juzgado nº31 de Barcelona y las otras dos en la Audiencia Nacional: de Jordi conocía el juez José de la Mata y de Oleguer, Santiago Pedraz.

De la Mata ha unificado el caso después de que tanto la juez Beatriz Balfagón como Santiago Pedraz cedieran sus respectivas vertientes. El magistrado gaditano esbozó un primer mapa de la corrupción de los Pujol, que habrían desplegado una estrategia "compartida y coordinada" para desarrollar distintos negocios, "generar réditos, ocultarlos y distribuirlos entre todos los miembros de la familia de acuerdo con criterios establecidos para conseguir el lavado de los activos". Existen indicios de que el botín procede de comisiones por múltiples episodios de corrupción política, aunque ellos apuntan a la herencia del abuelo Florenci. Están imputados en la Audiencia Nacional el expresidente de Cataluña, Jordi Pujol Soley, su esposa Marta Ferrusola, y seis de sus hijos: Marta, Mireia, Pere, Oleguer, Josep y Jordi, además de la exmujer del último, Mercè Gironés. Oriol, el séptimo, ostenta la misma condición junto a su mujer Anna Vidal en el Tribunal Superior de Justicia porque habrían cobrado comisiones de una trama guiada por empresarios del sector de las ITV. Es el que tiene más opciones de terminar entre rejas.

Más aún cuando José de la Mata desbarató el instante en que un Pujol ha estado más cerca de la cárcel. Ocurrió el pasado 12 de enero, cuando el magistrado no ordenó el ingreso de Oleguer en contra de la Fiscalía. El Ministerio Público sospecha que, por ejemplo, mediante la compra de bonos del Estado con dinero oculto en una cuenta de Miami, el pequeño de los hermanos estaría blanqueando capitales de comisiones que habría amasado en 2007 cuando firmó la operación de compra de 1.152 sucursales del Banco Santander por unos de 2.200 millones de euros. Solo impuso como medidas cautelares la retirada del pasaporte con prohibición de abandonar España y la obligación de comparecer periódicamente en el juzgado más próximo, idéntica situación que afecta desde el 12 de febrero de 2016 al hijo primogénito Jordi Pujol júnior.

  • Delitos imputados: *Al clan Pujol*: blanqueo de capitales, contra la hacienda pública y falsedad en documento mercantil a 30 de diciembre de 2015. *Oleguer Pujol*: blanqueo de capitales *Oriol Pujol* por el caso ITV: cohecho, tráfico de influencias y falsedad.
  • Argumentos de José de la Mata: Pese a que la investigación se extiende ya durante cuatro años, la Justicia solo ha decidido en dos ocasiones sobre posibles medidas cautelares para los Pujol. En relación con el primogénito Jordi, el magistrado se limitó a acordar la petición de la Fiscalía. Sin embargo, con Oleguer desestimó la cárcel que reclamaba Anticorrupción por su arraigo "notorio" en España, donde tiene la familia y las relaciones, y porque nunca ha faltado a llamamientos judiciales. Sobre el riesgo de que siga cometiendo el blanqueo, es decir, la reiteración delictiva, entiende que no puede justificar por sí la prisión, pese a "la incómoda pero perfectamente legítima falta de colaboración del investigado". De hecho, el hijo pequeño de los Pujol solo reconoció y regularizó parte del dinero oculto a Hacienda cuando en 2014 estalló el caso. De la Mata subraya que "solo se aporta un indicio concreto" sobre el presunto blanqueo y que, con el escaso recorrido de la investigación, no sabe si maniobra para ocultar fondos de procedencia ilícita o si, por el contrario, "se limita a acometer actividades lícitas con fondos ya regularizados".

El elemento subjetivo

Tal y como prevé la Ley de Enjuiciamiento Criminal, la prisión provisional exige para su adopción la concurrencia de dos requisitos. Por un lado, que existan sólidos indicios de criminalidad relativos a la comisión de un delito grave. Y por el otro, la necesidad de garantizar una correcta instrucción, "obstando que el imputado, en libertad, pudiera malbaratar la investigación, por un peligro serio de fuga o porque pueda conformarse de sus antecedentes un peligro de reiteración delictiva".

Sin embargo, la doctrina del Tribunal Constitucional establece que "en relación con la constatación del peligro de fuga, deberán tomarse en consideración, además de las características y la gravedad del delito imputado y de la pena con que se le amenaza, las circunstancias concretas del caso y las personales del imputado". A través de este último elemento subjetivo asentado en varios pronunciamientos del tribunal de garantías, los jueces de instrucción pueden justificar prácticamente la totalidad de sus decisiones.

Precisamente ese elemento subjetivo es lo único que explica el hecho de que ninguno de los Pujol haya ingresado en la cárcel. En el caso de Oleguer Pujol, el último y más sorprendente a tenor de la solicitud de la Fiscalía, sus delitos son tan graves como el resto y no se puede considerar que posea mayor arraigo en España que los imputados antes citados. Entre otras referencias, la falta de colaboración empujó a Luis Bárcenas a la cárcel; y la investigación de José de la Mata está en una fase tan primigenia como las de Mario Conde, Luis Pineda y Miguel Bernad, que entraron en prisión. Si quienes cumplen o han cumplido esta cautelar terminan condenados, se consolarán con el artículo 33 del Código Penal, en virtud del cual "el tiempo de prisión preventiva sufrida por el delincuente durante la tramitación de la causa se abonará en su totalidad para el cumplimiento de la condena". A los Pujol no les descontarán ni un solo día, eso en el caso de que haya de dónde rebajar.

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