Absuelven a un profesor que tocó el trasero a dos alumnas: "Fue un gesto sin violencia"

  • La sentencia apunta que fue una conducta "inadecuada" pero no constituyó delito de agresión sexual.
  • Al docente se le ha impuesto una orden de alejamiento y una indemnización de 300 euros a cada una de las menores.
Una alumna realizando una prueba calificatoria.
Una alumna realizando una prueba calificatoria.
EFE
Una alumna realizando una prueba calificatoria.

La Audiencia de Granada ha absuelto a un docente acusado de un delito de agresión sexual, por el que la acusación particular solicitó cuatro años de prisión, al considerar que, aunque mantuvo una conducta "inadecuada" por tocar el trasero a dos alumnas menores, fue un gesto sin violencia.

Según la sentencia de la Sección Segunda de la Audiencia de Granada, se trató de una "conducta inadecuada e impropia de un profesor con unas alumnas preadolescentes, que no encuentra justificación", aunque no un delito de abuso o asalto sexual.

La sentencia, adelantada hoy por el diario Ideal, apunta que no existió "violencia o intimidación".

Los hechos se remontan al mes de febrero del año pasado cuando, según la denuncia de dos alumnas menores, este profesor interino de un instituto de Motril (Granada) les tocó el trasero después de darle a cada una dos besos en las mejillas.

La Fiscalía modificó tras el juicio, que se celebró el pasado mes de junio, su calificación de los hechos y solicitó para el ahora absuelto una orden de alejamiento de las menores y del centro educativo y una indemnización a cada una de ellas de 300 euros por dos delitos leves de vejación injusta.

La acusación particular mantuvo que el docente cometió un delito de agresión sexual contra la dos alumnas y pidió una condena a cuatro años de prisión, una indemnización de 5.000 euros y su inhabilitación absoluta durante 6 años.

El ahora absuelto declaró que dio a las alumnas "un cachetillo de forma natural" y destacó que su gesto lo hizo "sin la menor connotación o propósito sexual".

La sentencia también considera que no puede interpretar una "incuestionable connotación sexual" en el gesto, inapropiado, por lo que lo ha absuelto.

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