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helisan
#6 helisan
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#5 vale, acabo de leer el artículo. Pero no entiendo por qué lo llaman "aborto" financiero. El que el hombre se desvincule de la gestación (y su futuro hijo) no va a hacer abortar a la madre. Y obligarla a abortar sería intervenir en su cuerpo y, por lo tanto, un acto de violencia, del que obviamente no habla el artículo y que implicaría mucho más que abortar. O sea que no es "aborto" por ningún lado. Sin el padre el niño prosperará o no, eso lo decidiría la madre. Pero llamarlo "aborto" en este caso es equívoco.
4    k 94
rogero
#6 Llamarlo así puede traer a equívoco, puede ser, pero me limito a poner lo que dice el artículo. Pero el fin es lo importante, que es la de obligar a un hombre hacerse responsable de un hijo no deseado.
Y sinceramente creo que se debería legislar para ello.
4    k 94
dreierfahrer
En fin, que NO. No te puedes desentender de un niño nacido ni obligar a otra persona a someter su cuerpo a lo que quieras.

No puedes obligar a abortar porque, como dice #6 obligarla a abortar sería intervenir en su cuerpo y, por lo tanto, un acto de violencia, del que obviamente no habla el artículo y que implicaría mucho más que abortar y no puedes desentenderte del niño si nace porque, resulta, que tendra derecho a tener padre.

En serio: no hay debate posible en este tema, esta todo clarisimo y se ha llegado a la ley actual por prueba y error durante, literalmente, SIGLOS...

Y aqui venis vosotros a darle la vuelta a todo pq seguro que lo que se os ocurre en la barra del bar es mucho mejor que esta norma que se ha ido destilando siglos...
0    k 6
omoloc
#6 #8 Yo nunca he visto llamar a esto "Aborto financiero" en España. El nombre más habitual que he visto es "Aborto de papel", que creo que puede ser más claro en cuanto a que no es un aborto real
3    k 76
--1017--
#6 Concuerdo de que el nombre no es el mas adecuado, vería mas apropiado llamarlo renuncia a la patria potestad, o meramente renuncia a la paternidad.

Y personalmente si que estoy a favor de que la legislación lo permitiese (incluso lo veo necesario), pero siempre con unos límites, como por ejemplo que ha renuncia a la patria potestad hubiese que realizarla en los primeros 3 meses desde el conocimiento del embarazo, esto obviamente también conllevaría a la obligatoriedad de la embarazada a informar al padre biológico, a la vez que seguiría blindando al padre biológico en caso de engaño \w/u ocultamiento del embarazo pues seguiría teniendo 3 meses para aceptar o renunciar a la patria potestad en el momento que fuera conocedor de ello.


CC: @rogero @dreierfahrer @omoloc @inconformistadesdeel67 @AncletoPanfleto @helisan @PadreFerreras (espero que no os moleste mi cita, pero como es un debate que se originó ayer supongo que muchos no volverán a entrar en esta noticia)
2    k 57
omoloc
#39 todo correcto
1    k 38
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